Por redacción de Sin Comillas
Ayer el Tribunal de Apelaciones emitió una sentencia que concluye que Triple S obró conforme a derecho al no renovar sus contratos con los hospitales HIMA San Pablo para las líneas de negocio Medicare Advantage y comercial.
“La decisión judicial de ayer valida que Triple-S actuó conforme a la ley y la regulación aplicable al no renovar los contratos con HIMA San Pablo. Además, el foro apelativo descartó las infundadas alegaciones de represalias y mala fe levantadas por HIMA San Pablo durante el proceso. Nuestra decisión estuvo guiada por el bienestar de nuestros asegurados y se tomó en el descargue de nuestra responsabilidad de asegurar que contamos con una red de proveedores capaz de proveer servicios de salud de la más alta calidad”, señaló Carlos Rodríguez Ramos, principal oficial legal y de cumplimiento de Triple-S.
El Tribunal de Primera Instancia había reconocido el derecho de Triple-S de no renovar el contrato para los asegurados de sus planes comerciales, pero no así en Medicare Advantage y emitió un interdicto para mantener dicho contrato. En una sentencia emitida de manera unánime por un panel de jueces del Tribunal Apelativo dicho foro revocó al Tribunal de Primera Instancia con relación al contrato de Medicare Advantage y dejó sin efecto el interdicto en contra de Triple-S. Además, el Tribunal Apelativo confirmó la decisión de desestimar la demanda presentada por HIMA en cuanto al contrato comercial. El foro apelativo concluyó que Triple-S cumplió con la ley local y federal.
“Hoy más que nunca reiteramos el compromiso con nuestros asegurados de trabajar de la mano con nuestros proveedores para garantizar servicios de salud de la más alta calidad, en cumplimiento y total apego a la ley y la regulación aplicable”, añadió Rodríguez Ramos.
Triple-S explica que dio a conocer a HIMA-San Pablo su decisión de no renovar en marzo de 2023, con 60 días de antelación al vencimiento del contrato. El plan de salud tomó provisiones para garantizar la continuidad del cuidado de sus asegurados y afiliados.
Sentencia Apelativo caso Hima-San Pablo y Triple-S