AGP Informe Transicion

Por redacción de Sin Comillas

El gobernador Alejandro García Padilla firmó la Orden Ejecutiva 2016-10 (OE-2016-010 PR Ley de Moratoria de Emergencia), que declara un período de emergencia para el Banco Gubernamental de Fomento (BGF). La orden suspende temporalmente los desembolsos de préstamos y limita los retiros, pero no impone una moratoria. El próximo pago de la deuda del BGF es de $421.8 millones y se vencen el 1 de mayo.

“Conforme a los poderes conferidos por el Artículo 201 y 203 de la Ley Núm. 21-2016, conocida como la  ‘Ley de Moratoria de Emergencia y Rehabilitación Financiera de Puerto Rico’, firmé la Orden Ejecutiva Núm. OE-2016-10 declarando un período de emergencia para el BGF en aras de proteger y preservar los servicios esenciales de salud, seguridad y bienestar de los residentes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A esos efectos, la Orden Ejecutiva establece procedimientos razonables y necesarios para preservar la liquidez del BGF y permitirle continuar sus operaciones en beneficio de la salud, seguridad y bienestar del pueblo.  Con la intención de propiciar negociaciones constructivas entre el BGF y sus acreedores y a la luz de las conversaciones en curso, esta Orden Ejecutiva no impone una moratoria sobre el pago de principal o interés en bonos emitidos por el BGF.  Estamos esperanzados que dichas negociaciones logren acuerdos justos para beneficio del pueblo de Puerto Rico”, declaró por escrito el Gobernador.

Debido a que “cualquier transacción de reestructuración tomará tiempo de implementar” y que “hay un riesgo inminente de que la liquidez del BGF se reduzca drásticamente en un futuro cercano”, la declaración de un periodo de emergencia se hace para proteger al BGF mientras se negocia con los acreedores una reestructuración de la deuda.

La Orden señala que no impone una moratoria, pero suspende temporalmente los desembolsos de préstamos, adelantos y el pago de todas las obligaciones garantizadas por el BGF.

Se limitan los pagos, retiros y transferencias de fondos del BGF al pago de servicios esenciales, que tendrán que contar con una certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y el Departamento de Hacienda. Las agencias o municipios que tengan depósitos en el BGF no podrán sacar fondos sin autorización del BGF.

La orden estará vigente hasta el 30 de junio o hasta que el Gobernador la deje sin efecto.