La administradora del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales, Thais Reyes Serrano, y el líder comunitario Jorge Luis Oyola Torres firman convenio para administrar el centro comunal Rose E. Rivera, en Guaynabo. (Foto sacada de la página oficial de Facebook de ODSEC)

[CHEQUEO DE DATOS]

VEREDICTO: FALSO

Por Luis Joel Méndez González | Centro de Periodismo Investigativo

La Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC) anunció el pasado 16 de noviembre la firma de dos convenios para compartir la administración de un gimnasio y un centro comunal con juntas comunitarias de San Juan y Guaynabo, respectivamente. La firma del acuerdo se dio casi tres meses después de que esa misma agencia informó al Centro de Periodismo Investigativo (CPI) que ni ODSEC ni el Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales (FPCE) administraban o tenían jurisdicción o titularidad de ninguna de estas instalaciones.

“Como parte de su compromiso de confiar la administración de los centros comunales a las comunidades debidamente organizadas en juntas comunitarias, la directora de ODSEC, Thais Reyes Serrano, firmó dos importantes convenios de administración”, publicó la ODSEC en su página oficial de Facebook.

Al solicitar los documentos firmados, resulta que en realidad, los convenios fueron firmados por el Fideicomiso, cuya presidenta también es Reyes Serrano.

Uno de los convenios le permite a la junta comunitaria de Los Filtros, en Guaynabo, ser coadministradora del centro comunal Rosa E. Rivera; y el otro le da participación en la administración del gimnasio Juan “Popo” Guzmán a la junta comunitaria de Las Curias, en San Juan.

En ambos convenios, el Fideicomiso dice ser la parte “propietaria” y “dueña en pleno dominio” de las instalaciones.

El convenio para la administración del centro comunal fue firmado el 15 de noviembre por Jorge Luis Oyola Torres, líder comunitario de Los Filtros. Mientras que el otro convenio fue firmado en la misma fecha por los representantes de la comunidad especial Las Curias, Vilma Fernández Lozada y Luis Crespo Figueroa, quien también es asambleísta de la Legislatura Municipal de San Juan por el Partido Nuevo Progresista.

El convenio consigna que las instalaciones se adquirieron con fondos propios como parte del Programa de Obras para la Rehabilitación y Construcción para Nuestras Comunidades Especiales. Sin embargo, cuando en septiembre de 2022 el CPI solicitó a esa agencia la lista de las instalaciones recreativas, deportivas y centros comunales a su cargo, dijo que no tenía ninguna.

“En la actualidad ODSEC no posee instalaciones recreativas a su nombre. Las instalaciones que se edificaron o repararon bajo el Programa de Comunidades Especiales estaban bajo la titularidad del DTOP o de Municipios”, afirmó la oficial de prensa de la ODSEC, Wilmelis Márquez Montalvo, cuando el CPI le solicitó el 9 de agosto a esta oficina la lista de todos los espacios recreativos o deportivos y centros comunales a su cargo. 

“El Fideicomiso no tiene jurisdicción ni titularidad sobre los centros comunales del programa de Comunidades [Especiales]”, indicó, posteriormente, Márquez Montalvo.

Las solicitudes de información cursadas a ambas entidades respondieron a una investigación que halló que muchas de estas instalaciones comunales están en desuso a cinco años del huracán María, lo que tuvo efectos adversos sobre la vida cotidiana y comunitaria de los residentes, y se desconoce el estatus de su reparación con fondos de recuperación.

“El Fideicomiso invirtió una cantidad de dinero no determinada en la construcción de centros o remodelación de centros ya existentes. Pero en el primer caso, los centros construidos se encuentran mayormente bajo la titularidad de DTOP o Vivienda y en los casos de remodelaciones eran centros comunales de los municipios los cuales fueron remodelados con fondos del Fideicomiso”, dijo la oficial de prensa de la ODSEC al CPI.

Los convenios firmados este mes con las juntas comunitarias no mencionan al DTOP o a Vivienda como titulares de las dos propiedades cedidas.

Cuando el CPI preguntó cómo el FPCE podía llegar a esos convenios de administración con las juntas comunitarias cuando meses antes había indicado que ni la titularidad ni la jurisdicción de los centros les pertenecía, Márquez Montalvo indicó que tanto el centro comunal como el gimnasio fueron construidos con fondos del FPCE, aunque la titularidad era del DTOP.

Pero, Transportación negó ser el titular de esas propiedades. La agencia explicó que cuando se les encomendó adquirir activos en comunidades especiales a las agencias ejecutoras, como el DTOP y Vivienda, dichas transacciones se dieron en calidad de representantes del FPCE.

“El Fideicomiso es en efecto propietario de ambas estructuras”, indicó por escrito el DTOP.  “La ODSEC como fiduciaria formalizó la administración encomendada (a las juntas comunitarias) mediante documento formal”.

El abogado Gabriel Rubio Castro indicó que, si como afirmó el Fideicomiso al CPI, la titularidad de esas instalaciones no fuera suya, el convenio entre el Fideicomiso y las juntas comunitarias pudiera ser “ultra vires al hacer creer que ellos [el FPCE] son los titulares de la propiedad cuando no lo son”. La redacción del convenio apunta a que el Fideicomiso está en control de esa propiedad. Rubio Castro dijo que, si el Fideicomiso no era titular de las instalaciones como insistió, en el convenio debió constar el DTOP como parte del acuerdo o mencionar cualquier entendido entre esa agencia y el Fideicomiso que cediera a la segunda la administración de la propiedad de la que el Departamento presuntamente es el titular.

Las declaraciones del DTOP incluso aclaran que las juntas comunitarias de Los Filtros y La Curias se ocupaban de la administración “de facto” de esas facilidades, desde antes del convenio que anunció la ODSEC. La oficial de prensa del DTOP, Lismarie Cora, indicó que en julio y octubre de 2022 la agencia “consignó un voto a favor” de acceder a un contrato con las juntas comunitarias para que administren tanto el gimnasio como el centro comunal.

El DTOP informó al CPI que ha estado traspasando “cada inventario” a la ODSEC “para su registro en propiedad”, como ordenó la Ley 23 de 2021 que obligó a las agencias  “a realizar todo aquel trámite legal necesario para transferir y ceder, mediante escritura pública al efecto, cualquier dominio, o titularidad que ostenten sobre bienes inmuebles, de manera tal que estos puedan quedar inscritos  en el Registro de la Propiedad a favor del Fideicomiso”.

El Departamento de la Vivienda dijo que en 2017 traspasó todo lo relacionado al programa Comunidades Especiales a ODSEC.

En entrevistas por separado, Oyola Torres y la ex coordinadora general de la Oficina para el Financiamiento Socioeconómico y Autogestión, Linda Colón Reyes, confirmaron que la construcción de centros comunales e instalaciones recreativas bajo el Programa de Comunidades Especiales se financiaron mediante el FPCE.

Oyola Torres, quien es integrante de la Junta de Directores del FPCE, dijo que, como las construcciones se hicieron con fondos del Fideicomiso, esa es la entidad que tiene la última palabra sobre estos centros comunales e instalaciones. “Sea cual sea la agencia que lo tenga [el título], la inversión fue con los chavos del Fideicomiso”, aseguró.

El FPCE se creó mediante la Ley del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales en 2002. Las aportaciones de fondos iniciales para el fideicomiso provendrían del Fondo General, del Banco Gubernamental de Fomento, así como de fondos federales, inversiones, reinversiones y aportaciones bancarias como un mecanismo permanente para el desarrollo, la transformación y el mejoramiento de las comunidades especiales. Este fideicomiso estaría regido por una Junta de Directores de siete miembros.

Colón Reyes explicó que “ese fondo se distribuyó a partir de lo que las comunidades en sus asambleas habían designado como sus prioridades”.

Una búsqueda en el sistema del Centro para la Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) y en el Registro de la Propiedad muestra decenas de propiedades en las que el FPCE figura como titular o dueño, como por ejemplo un centro comunal en la calle Manuel Corchado en Santurce, que fue visitado por el CPI.

La comunicación oficial de la ODSEC sobre la transferencia de poderes administrativos a las juntas comunitarias de Guaynabo y San Juan, los convenios y las afirmaciones de que las instalaciones se adquirieron o construyeron con fondos del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales, así como las declaraciones del DTOP y los datos del CRIM muestran que esa entidad sí es propietaria y tenía jurisdicción sobre estas instalaciones, por lo que podía proveer una lista al CPI de todas aquellas edificaciones comunales que construyó o adquirió en comunidades especiales a través de toda la Isla.

Por lo tanto, fueron falsas las aseveraciones que reiteradamente hizo la agencia al CPI en las que negaron que el Fideicomiso fuera propietario o tuviera jurisdicción de instalaciones recreativas y comunales y que, por lo tanto, no podían proveer una lista de ese inventario.

En esta historia colaboraron Vanessa Colón Almenas y Wilma Maldonado Arrigoitía.

Luis Joel Méndez González es integrante de Report for America.