Por redacción de Sin Comillas
El Centro de Periodismo Investigativo (CPI) radicó ayer una nueva demanda federal contra la Junta de Control Fiscal (JCF) por negarse nuevamente a dar acceso a los intercambios que ha tenido con el gobierno. La solicitud del CPI incluye los récords relacionados con las comunicaciones, consultas o solicitudes de información, documentos, informes o datos cursados por cualquier miembro de la Junta o su personal a cualquier agencia del gobierno federal o funcionario del gobierno federal, o por el gobierno federal, sus agencias o personal a la Junta, desde el 30 de abril de 2018, incluyendo mensajes de email y de texto mediante cualquier sistema de mensajería digital.
Así mismo, el CPI solicitó las comunicaciones, informes, consultas, actualizaciones, documentos o información proporcionada por cualquier miembro de la Junta o su personal a La Fortaleza, sus funcionarios, o cualquier otra agencia o funcionario del gobierno de Puerto Rico, o por el gobierno de Puerto Rico a la Junta, sus miembros o personal, desde el 30 de abril de 2018.
Cuando el CPI solicitó esta información, el representante legal de la Junta, Guy Brenner, indicó que “el derecho de acceso a documentos bajo la Constitución de Puerto Rico no le aplica a la Junta”. Esto, a pesar de que ya el juez federal Jay A. García Gregory determinó en mayo de 2018, precisamente en un caso anterior presentado por el CPI contra la JCF, que a la Junta le aplica la obligación de respetar el derecho constitucional de acceso a la información bajo la Constitución de Puerto Rico. Entre otras razones, porque se trata de una entidad creada dentro del Gobierno de Puerto Rico.
La primera demanda federal del CPI contra la Junta ha producido alguna documentación pero todavía está vigente y pendiente debido a la resistencia del ente fiscal a reconocer y obedecer la determinación del juez García Gregory.
Demanda local también se mueve en los tribunales
En un caso similar de acceso a la información para obtener las comunicaciones entre La Fortaleza y las agencias de gobierno con la Junta de Control Fiscal, radicado desde junio de 2017 y que ha ido al Tribunal Apelativo en dos ocasiones, el CPI obtuvo una importante victoria el viernes pasado.
El panel compuesto por los jueces Abelardo Bermúdez Torres, Roberto Sánchez Ramos (ex secretario de Justicia) y Grace Grana Martínez, ordenó, con el voto disidente de Grana Martínez, que el pleito siga su curso ante el Tribunal de Primera Instancia. El CPI busca una producción de documentos públicos relacionados a estas comunicaciones hasta la actualidad.
El gobierno había objetado dos cosas: que al CPI se le permitiera enmendar la demanda para actualizar la solicitud de documentos hecha originalmente en febrero de 2017; y que no se desestimara el reclamo del CPI. El panel apelativo determinó que era permisible la enmienda y que no cabía desestimar sumariamente el pleito, por lo que ordenó la celebración de una vista ante el Tribunal de Primera Instancia.
Dan 15 días al Fondo del Seguro del Estado
En un tercer caso vigente de acceso a la información que radicó el CPI, la jueza del Tribunal de Primera Instancia Lauracelis Roques Arroyo otorgó un plazo final hasta el 11 de octubre para que la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) entregue las minutas de sus reuniones de Junta de Directores para los años entre 2009 y 2011.
El CPI había sometido la solicitud de información a la CFSE desde noviembre de 2018 y sometió la solicitud de mandamus el 11 de septiembre al no recibir respuesta de parte de la corporación pública. Durante una vista el viernes pasado, la representación legal de la CFSE intentó argumentar que la tardanza en contestar se debía a que la solicitud se había perdido en la burocracia de la corporación pública y que la reclamación era deficiente porque no se le había informado a la corporación exactamente qué es lo que el CPI quería investigar en los documentos.
La jueza Roques Arroyo rechazó los argumentos al recordar que bajo el derecho constitucional de acceso a la información, los ciudadanos no tienen que justificar sus solicitudes de documentos, mientras que los funcionarios tienen una obligación de proveer acceso a los documentos públicos.