Se podrá reclamar una deducción por pérdidas sufridas tras el huracán

Por redacción de Sin Comillas

El secretario del Departamento de Hacienda, Raúl Maldonado Gautier, informó que ya está disponible la radicación electrónica para la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos, en la página de Internet www.hacienda.pr.gov, bajo el enlace de Planillas Individuos 2017. La radicación electrónica de la Planilla debe realizarse no más tarde del martes 17 de abril 

“Para el año contributivo 2017, continuamos requiriendo que el Formulario 482 o Planilla de Individuos, se radique electrónicamente, recordándoles que el sistema les permite completar, radicar y pagar, utilizando la opción de débito directo o cheque y también solicitar su reintegro”, dijo el funcionario.

Se han establecido 17 excepciones a la radicación electrónica de la Planilla de Individuos. “Aquellos individuos que cualifiquen bajo alguna de las excepciones que se establecen en la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-02 (Excepciones a la Radicación Electrónica), deberán someter su planilla en papel, utilizando el Formulario 482, que incluye el cintillo (watermark) Requiere Formulario 483.2, (Planilla en papel)”.

La planilla en papel acompañada del formulario de las excepciones y la evidencia requerida, pueden ser radicadas en la sede del Departamento de Hacienda en el Viejo San Juan, en cualquiera de los Centros de Servicio al Contribuyente, en las Colecturías o en los Centros de Orientación y Preparación de Planillas que abrirán próximamente, excepto el que ubicará en la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayagüez. También pueden enviar los documentos por correo al Departamento de Hacienda, P.O. Box 9022501, San Juan, PR 00902-2501.

Deducción por pérdida de propiedad por causas fortuitas tras el paso del Huracán María

Los individuos puedan reclamar deducciones de pérdidas provocadas por el huracán María en su Planilla de Contribución sobre Ingresos. Puede tener derecho a una deducción si presenta una certificación que conste que la pérdida sufrida en la residencia principal no haya sido compensada por un seguro o en otra forma.

En el caso de las pérdidas de bienes muebles del hogar, que incluyen automóviles, mobiliario, enseres y otros bienes, los contribuyentes podrán tomar una deducción de hasta $5,000 durante el año contributivo en que ocurrió el evento o de $2,500 por cada cónyuge, en el caso de las parejas que rindan por separado.

En ambos casos, el contribuyente deberá presentar con su Planilla la Hoja de Trabajo para la Deducción por Pérdidas de Propiedad por Causas Fortuitas, disponible en nuestra página de Internet, Sección Planillas Individuo 2017/ Radicar en Línea/ Determinación Administrativa Núm. 18-05, con copia de al menos uno de los siguientes documentos:

  • Solicitud de beneficios a la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) o al Small Business Administration (SBA)
  • Documento de reclamación sometido a la compañía aseguradora que indique el monto de la pérdida y la cantidad que fue recompensada.
  • Solicitud de beneficios al programa Tu Hogar Renace
  • Copia de la escritura de compraventa o estudio de título que demuestre que, a la fecha del paso del huracán, el contribuyente era el dueño de la propiedad.
  • También, se requieren cheques cancelados o recibos de pago y copias de facturas que evidencien el costo de los bienes adquiridos, de ser el caso.
  • Los contribuyentes requeridos a radicar la Planilla 2017 electrónicamente deberán enviar los documentos a la dirección perdidashuracanmaria@hacienda. pr.gov , no más tarde de tres (3) días calendarios siguientes a la fecha de radicación electrónica de la Planilla 2017.
  • Se deben incluir los últimos siete (7) dígitos del Número de Confirmación de la radicación electrónica de la Planilla 2017 y el nombre con los dos apellidos del contribuyente que reclama la deducción. Los documentos deben ser enviados en un solo archivo en formato PDF.