Por Luisa García Pelatti
La compañía de telecomunicaciones Claro considera que el Proyecto del Senado 462, que persigue enmendar la Ley 213 conocida como la Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico del 1996, es una legislación de “encargo” de los abogados Harold D. Vicente González, José A. Andreu Garcia y José A. Andreu Fuentes, a los que acusa de querer aumentar el cobro de sus honorarios.
La medida busca dejar sin efecto la Ley 138, aprobada en 2005, que limitó las reclamaciones contra las compañías de telecomunicaciones a $5 millones y que otorgó a la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones (JRT) la jurisdicción exclusiva sobre los pleitos de clase. Los abogados cuestionan la imparcialidad de la presidenta de la JRT. (“Buscan reestructurar la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones“). Claro opina que la JRT está capacitada para atender pleitos de clase.
La clave parece estar en la continuidad o no de la Ley 138. Con esta ley PRT evitaría pagar reclamaciones multimillonarias en caso de demandas de clase; pero perjudica a los demandantes y sus abogados, que ven limitada la cuantía de las demandas a $5 millones.
PONENCIA DE CLARO SOBRE P del S 462
Claro compareció a las vistas convocadas en el Senado para expresarse sobre el Proyecto, cuyas enmiendas incluyen eliminar la jurisdicción primaria y exclusiva de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones para dilucidar pleitos de clase, devolver tal jurisdicción al Tribunal de Primera Instancia, eliminar el límite de compensación total que podrá concederse y restablecer la aplicabilidad de la Ley de Acción de Clase por Consumidores con carácter retroactivo para re instituir honorarios excesivos a abogados.
Según Claro, el P. del S. 462 incorpora los argumentos forenses formulados por los abogados Harold D. Vicente González, José A. Andreu Garcia y José A. Andreu Fuentes ante el Tribunal Supremo y que fueron rechazados por dicho Tribunal.
“La Ley 138 eliminó la imposición automática del 25% de honorarios a los abogados y de esta manera atiende y supera una de las críticas mayores contra pleitos de clase en los tribunales, a saber, que constituyen un botín desproporcionado de honorarios millonarios para los abogados, en contraste con el remedio económico individual que reciben los miembros de la clase, cantidades exiguas y, en muchas ocasiones, “cupones” o “créditos”. Es comprensible la queja de los abogados Vicente–Gonzalez, Andreu Garcia y Andreu Fuentes ya que les afectó personalmente, de manera directa y negativamente sus expectativas de devengar millones de dólares en honorarios de abogados. La única razón que tienen los abogados para promover el P. del S. 462 es aumentar el cobro de sus honorarios”, dijeron los representantes de Claro en su ponencia.
Los abogados Harold D. Vicente González, José A. Andreu Garcia y José A. Andreu Fuentes llevan dos demandas de clase ante la JRT en las que solicitan se ordene a la Puerto Rico Telephone Company (que opera bajo la marca Claro) devolver $350 millones cobrados ilegalmente. Las demandas tienen que ver con el cargo de teletecla que la PRT les cobró a los consumidores.
Los abogados del pleito de clase sostienen que la Sandra Torres, actual presidenta de la JRT, fue una de las abogadas de PRT en el caso de teletecla. Torres niega su participación en el caso.
En el 2005, cuando estaban pendientes en los tribunales estas demandas, la Legislatura aprobó la Ley 138, que limitó las reclamaciones contra las compañías de telecomunicaciones a $5 millones y que otorgó a la JRT la jurisdicción exclusiva sobre los pleitos de clase.