Por redacción de Sin Comillas
La Junta Reglamentadora de Relacionistas de Puerto Rico informó que ya está disponible en la página electrónica del Departamento de Estado la solicitud de licencia para ejercer las relaciones públicas en Puerto Rico, según dispone la Ley 204 del 8 de agosto de 2008.
Dicha ley establece los requisitos de preparación académica, ética profesional; y procesos de educación continua de los miembros de la profesión de relaciones públicas y establece los requisitos de certificación de dicha profesión.
“Toda persona que entiende que es elegible para solicitar la licencia debe completar la solicitud, anejar los documentos requeridos y entregarla en la Oficina de Juntas Examinadoras en el Departamento de Estado”, explicó Edaliz Ferrer, presidenta de la Junta.
En el 2009 la Junta evaluó y aprobó 733 licencias de profesionales que cualificaban bajo la cláusula de convalidación. El proceso que se inicia ahora será para -en adelante- evaluar candidatos que cuenten con los requisitos de preparación académica o certificación como relacionista acreditado por la Sociedad Americana de Relaciones Públicas.
Ferrer enfatizó la importancia de completar el trámite, pues ninguna persona está facultada y autorizada por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico para ejercer la profesión de relaciones públicas en Puerto Rico, si no cuenta con la licencia que otorga dicha Junta. Para más información puede acceder www.estado.gobierno.pr y al correo electrónico juntareguladoraderelacionistas@gmail.com.