Por redacción de Sin Comillas

La Cámara de Representantes presentó el proyecto de ley 1661 (P de la C 1661), conocida como “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes en el Trabajo”, con el propósito de crear un “Fondo Especial para Atender Reclamaciones al amparo de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976”. La medida surge como una alternativa a la derogación de la Ley 80, ley de despido injustificado.

La medida fue radicada por el representante José Enrique “Quiquito” Meléndez, el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez y el representante, Antonio Tony” Soto, y busca facilitar a las empresas del sector privado un mecanismo para cubrir las reclamaciones generadas al amparo de la Ley Núm. 80. Según explica la exposición de motivos del proyecto, el dinero que será dirigido a ese fondo surgirá de las primas que pagan los patronos a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.

“Es meritorio recordar que todo patrono en Puerto Rico, hoy, paga una prima a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, con el propósito de atender los trabajadores lesionados, mientras se les libera de responsabilidad. En principio, este esquema nos ofrece una oportunidad. Nos explicamos; la ley que crea la Corporación del Fondo del Seguro del Estado permite que esta pueda usar hasta un 22% de los ingresos provenientes de las primas cobradas, para ser usados en gastos administrativos. De esa partida, y sin poner en riesgo los recursos de los lesionados y sin aumentar la prima a los patronos, podemos separar un siete punto cinco (7.5%) por ciento para establecer un Fondo Especial dirigido a atender las reclamaciones generadas al amparo de la Ley Núm. 80”, expresa la exposición de motivos del proyecto de ley 1661.

El representante Meléndez expresó que es evidente que “la continua insistencia de la Junta de eliminar la Ley Núm. 80 no ha logrado el respaldo necesario para ser aprobada por la Legislatura, la cual no va a renunciar a sus facultades constitucionales de defender a los trabajadores, tanto del sector público como los del sector privado. Personalmente he evaluado las propuestas establecidas y no he podido encontrar ni un solo punto que me convenza de que la derogación de la Ley 80 impulse la creación de nuevos empleos o la posibilidad de algún repunte económico”.

El legislador añadió que la creación de este Fondo Especial ayudará a que la Ley 80 se mantenga en vigor y le provea a los patronos del sector privado una alternativa razonable para atender cualquier reclamación producto de la Ley Núm. 80. “Si el razonamiento de la Junta para solicitar la derogación de la Ley Núm. 80 es reducir los costos para los patronos, y por lo tanto, reducir el costo para hacer negocios en Puerto Rico, entendemos pues, que esta medida adelanta adecuada y razonablemente los objetivos promovidos por la Junta, sin lacerar los derechos de los trabajadores”.