Por redacción de Sin Comillas

A partir del 19 de junio entrará en vigor el nuevo Reglamento de Condominios del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) que ofrecerá un trámite expedito de ciertos tipos de controversias bajo la Ley de Condominios.

“El propósito principal del nuevo Reglamento es proveer mecanismos que permitan acelerar ciertos procesos; y, con ello brindar mayores protecciones a los titulares”, señaló Edan Rivera Rodríguez, secretario de DACO. “Las nuevas reglas promueven la atención expedita de controversias que hemos identificado como las más reiteradas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, al menos en lo que respecta al tipo de querellas que se presentan y puede atender el DACO”.

El recientemente aprobado Reglamento de Condominios provee para la resolución expedita de tres asuntos: 1) solicitudes de documentos a la Junta que no se hubiesen contestado; 2) falta de celebración de asambleas dentro de los términos dispuestos por ley; y 3) peticiones de evaluación de planes de pago ante la posibilidad de cortes de servicio por deudas con el Consejo.

En la medida que el titular presente prueba en respaldo de sus alegaciones, los tres asuntos que se estarían atendiendo de modo expedito bajo el nuevo Reglamento podrían resolverse sin la necesidad de celebración de una vista administrativa, y en un término menor a un mes.

Otro asunto atendido por esta reglamentación es la flexibilización del proceso para la designación de un síndico cuando no se puedan establecer acuerdos en torno a la elección de una Junta de Directores, o de un director.

“Existen otros temas en torno a los cuales los titulares nos han expresado su preocupación. No obstante, por tratarse de asuntos expresamente dispuestos por ley, como agencia nos hallamos impedidos de intervenir con el criterio del legislador”, añadió el secretario, quien indicó que, “en relación a estos asuntos, en la medida que la Legislatura pondere los mismos, el DACO respaldará toda enmienda que pueda obrar en beneficio de los titulares”.

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