Por redacción de Sin Comillas
Al filo de las 11 de la noche el Gobernador Alejandro García Padilla firmó el Proyecto del Senado 1523 que crea la Ley de Revitalización de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) después de que el Senado concurriera ayer con las enmiendas realizadas en la Cámara de Representantes.
“Las enmiendas no cambian ninguno de los derechos existentes o el lenguaje de las leyes existentes para ninguna parte interesada, simplemente clarifican el lenguaje de las leyes existentes y crean un mecanismo ordenado para asegurar que los nuevos bonos sean válidos y obligatorios”, expresó el presidente del Senado, Eduardo A. Bhatia.
La primera de las enmiendas con las que se concurre incluye como parte de la definición del acuerdo de acreedores que ni los clientes, ni el Gobierno garantizarán de forma alguna la deuda emitida a través del mecanismo de titulización.
Otra de las enmiendas fortalece los derechos de los clientes o abonados de la AEE en el proceso de objeción y pronta resolución de las facturas que son objetadas. Según la enmienda, se establece que los clientes tienen derecho a que se les notifique, dentro de un término de 30 días cuál será el procedimiento a ser utilizado para atender su reclamación ante la Autoridad y que la reclamación sea debidamente atendida en un término no mayor de 60 días.
Una enmienda adicional se relaciona con la validación final del proceso de la Orden de Reestructuración al amparo de la cual se realizará la emisión de bonos mediante el mecanismo de titulización. Se incluye que como parte del proceso de validación, debe contener cualquier reclamación de personas que cuestionen la validez o legalidad de alguna parte de la deuda a ser titulizada.
En la sesión, el Senado aprobó además el Proyecto del Senado 1499, que enmienda el Código de Rentas Internas a fin de eliminar la aplicación de la penalidad del 10 por ciento cuando se dispongan de los fondos de las Cuentas de Retiro Individual (IRA) antes de los 60 años, siempre y cuando dichos fondos sean destinados al pago de la hipoteca de un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, cuando el inmueble esté en riesgo de ser ejecutado.
Además no se aplicará dicha penalidad cuando los fondos de las cuentas IRA sean dispuestos para la adquisición de un sistema de energía renovable residencial, que propicie una reducción en los altos costos de electricidad.