Por redacción de Sin Comillas

La Ley 52 de 2022, que modifica el marco tributario relacionado al impuesto a las corporaciones foráneas (Ley 154), podría tener un impacto negativo en los ingresos del Gobierno de hasta $143 millones en el primer año, según estimados de la Junta de Control Fiscal. No obstante, la Junta considera que el impacto de la Ley “es muy incierto”.

En el año fiscal 2021, las corporaciones foráneas y sus más de 36,000 empleados contribuyeron con más de $2,000 millones al Fondo General del Gobierno mediante los pagos de la Ley 154, los pagos de contribución sobre ingresos de corporaciones, pagos de contribución retenida sobre regalías y pagos de contribución sobre ingresos de individuos, entre otras contribuciones sobre ingresos.

“Dado que las empresas multinacionales actualmente sujetas a la Ley 154 consisten en varios de los mayores contribuyentes de Puerto Rico, es imperativo que el Gobierno de Puerto Rico implemente con éxito un nuevo régimen contributivo para estas empresas afectadas por la eliminación del crédito federal del arbitrio de la Ley 154. Estas empresas representan industrias clave que han realizado importantes inversiones de capital en Puerto Rico y generan una parte importante del Producto Interno Bruto de Puerto Rico”, explica la Junta.

“La economía local debe retener esta inversión y empleo en el sector manufacturero -así como los ingresos contributivos asociados- y encontrar una alternativa bien diseñada al régimen contributivo actual es fundamental para conseguirlo”, señala la Junta en un comunicado en el que hace algunas recomendaciones.

Para evitar el impacto adverso en sus finanzas, el Gobierno debe adoptar las siguientes medidas para mantener la neutralidad de ingresos y lograr que la Junta certifique que la Ley 52 no es significativamente inconsistente con el Plan Fiscal:

  • Deben separarse y reservarse $250 millones del superávit de años anteriores para financiar un posible déficit de recaudo del nuevo régimen. Esta reserva permitirá un respaldo contra un posible déficit de ingresos y proporcionará una salvaguarda hasta que se comprendan por completo las implicaciones fiscales de la Ley 52.
  • La aplicación de cualquier incentivo fiscal adicional a los médicos no ocurrirá hasta que el Gobierno redacte una orden administrativa -y esta sea aprobada por la Junta- que incluya garantías de que existen suficientes protecciones para neutralizar las posibles implicaciones fiscales negativas de la disposición sobre los incentivos fiscales a los médicos.

La Junta considera especialmente preocupante el aumento al crédito contributivo por servidumbre de conservación de $3 a $15 millones que se establece en la Ley 52. Como una de las medidas para mantener la neutralidad de ingresos en una ley anterior, la Ley 40-2020, la Legislatura redujo el tope máximo anual autorizado de los créditos contributivos por servidumbre de conservación de $15 millones a $3 millones. Opina que las disposiciones utilizadas en leyes anteriores para contrarrestar el impacto presupuestario no deben revertirse en leyes posteriores, salvo que la reversión incluya una fuente de compensación alterna claramente definida en la legislación actual.

La Junta está dispuesta a certificar la Ley 52 si el Gobierno confirma por escrito que cumplirá con las disposiciones solicitadas por la Junta para lograr la neutralidad de ingresos. En el caso de que el Gobierno se niegue a confirmar que cumplirá con los requisitos para lograr la neutralidad de ingresos, la Junta se reserva el derecho de tomar las medidas que considere necesarias.