Por redacción de Sin Comillas
Otros dos restaurantes del área metropolitana fueron embargados por el Departamento de Hacienda por no remitir el Impuesto de Ventas y Uso (IVU) a la agencia, entre otras violaciones al Código de Rentas Internas. Según algunas fuentes los establecimientos son El Obrero en Río Piedras y Café Puerto Rico, en el Viejo San Juan, que adeudan más de $1 millón, que en su mayoría corresponden al IVU y que se remontan al año 2009.
“Estos establecimientos, muy conocidos y concurridos, le fallaron a su clientela y al Gobierno al retener para su uso el IVU que están cobrando. Como adelantamos la semana pasada, tenemos un grupo de casos evaluados y estamos listos para intervenirlos, a menos que los comerciantes recapaciten a tiempo y se nos acerquen para ponerse al día”, dijo Juan Zaragoza Gómez, Secretario de Hacienda.
El restaurante ubicado en Río Piedras, adeuda $248,000 de IVU y otros $51,000 por diferentes conceptos. Este restaurante además, recibió varias multas por un total de por $22,000 por no tener vigente la licencia de destilación, poseer bebidas alcohólicas que no pagaron impuestos, tener bebidas mezcladas que no están de acuerdo con la descripción del envase, tener bebidas sin la rotulación que diga Puerto Rico e Impuestos Pagados y por poseer máquinas o artefactos de entretenimiento sin autorización.
El establecimiento que opera en el Viejo San Juan, le debe al Departamento más de $800,000, de los que $759,000 corresponden al IVU, según reflejaron auditorías y otros $100,000 aproximadamente, por otros impuestos dejados de pagar.
“Estos embargos son parte de los nuevas herramientas de cobro que estamos utilizando en el Departamento desde noviembre. Reitero nuestro compromiso de continuar trabajando intensamente para poner la casa en orden y recuperar la confianza de los contribuyentes”, dijo el Secretario.
Los embargos y cierres de localidades tienen carácter preventivo y se efectúan con el propósito de garantizar el cobro de deudas. Transcurridos 30 días a partir de la fecha de notificación, el embargo será ejecutado si no se ha cancelado la deuda en su totalidad. Después de ese período, la propiedad embargada o parte de ella, será vendida en pública subasta tan pronto sea posible, sin más avisos.