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Por redacción de Sin Comillas

La secretaria del Departamento de Hacienda, Melba Acosta Febo, emitió la Determinación Administrativa 14-22 para extender la fecha límite en que los importadores pueden someter la declaración complementaria, planillas y pago del IVU para el mes de agosto de 2014.  Esto a raíz de las distintas situaciones que han confrontado algunos comerciantes para realizar dichas transacciones a través del Portal Integrado del Comerciante (PICO).

“Lamentablemente, la empresa que está a cargo de la creación y programación de PICO aún no ha logrado que funcione a la altura de lo que Hacienda ha exigido para que opere de forma óptima y sea de verdad una herramienta de fácil acceso y uso para los comerciantes.  Ellos continúan trabajando en subsanar las deficiencias que pueda tener PICO pero a Hacienda le corresponde continuar con los procedimientos establecidos para que no se afecte la captación de ingresos.  Quiero dejar meridianamente claro, que el Departamento de Hacienda no ha dejado de cobrar el IVU, como pudiera erradamente pensarse por situaciones que ha tenido PICO desde agosto”, puntualizó la Secretaria.

Todos los levantes automáticos del mes de agosto se realizaron conforme el método alterno que estableció la Determinación Administrativa Núm. 14-15 para establecer un procedimiento temporero para el levante de la Propiedad Importada.  Es por esto, que los problemas que han existido con PICO solo han afectado el método de cómo hacer un proceso pero no así, el que se cobre el impuesto correspondiente, como se ha hecho siempre, en la mercancía importada.

Las disposiciones de esta Determinación Administrativa que extienden la fecha límite para completar y someter la Declaración Complementaria, la Planilla de Importaciones y la Planilla Mensual sobre el Impuesto de Ventas y Uso para el mes de agosto de 2014; tendrán vigencia inmediata.  Dicha extensión se trabajará de la siguiente manera:

  • Declaración Complementaria – deberá ser completada y radicada electrónicamente a través de PICO, conforme a lo dispuesto en la DA 14-20, no más tarde del 19 de septiembre de 2014.
  • Planilla de Importaciones – deberá ser completada y radicada electrónicamente a través de PICO no más tarde del 19 de septiembre de 2014.
  • Planilla Mensual de Impuesto sobre Ventas y Uso (Modelo SC 2915A) – deberá ser completada y radicada electrónicamente a través de PICO no más tarde del 26 de septiembre de 2014.