Por CPA Elisa Vélez Pérez, Colaboración Especial, Colegio de CPA

 

Como regla general, todo ingreso está sujeto a contribución sobre ingreso. Sin embargo, existen distintos tipos de ingresos que el Gobierno ha determinado que no estarán sujetos a contribución sobre ingresos, ya sea para propiciar cierta actividad económica, o por razones sociales. Estos son los llamados ingresos “excluidos” y los ingresos “exentos” de contribución. Aunque se parecen, no es lo mismo decir que un ingreso está “excluido” de contribuciones a decir que un ingreso está “exento” de contribuciones. No los debemos confundir. Aunque tanto el ingreso excluido como el ingreso exento no están sujetos a contribución sobre ingreso regular, el clasificar un ingreso como exento o como excluido pudiera tener otras implicaciones contributivas.

Son menos los ingresos excluidos que los ingresos exentos. Ejemplos más comunes de ingresos excluidos son: el dinero recibido de un seguro de vida, las donaciones y herencias, las compensaciones por daños físicos y el Seguro Social. Estos tipos de ingresos están excluidos de la definición de ingreso bruto y, por lo tanto, no se consideran como “ingreso” para propósitos contributivos. Al no ser considerados como “ingreso” para propósitos contributivos, no es obligatorio incluirlos en una planilla.  Una persona que sólo recibe ingresos provenientes de Seguro Social, por ejemplo, no tiene obligación de rendir una planilla, sin importar la cantidad que recibe, ya que se entiende para propósitos contributivos que no recibió ingreso alguno.

Distinto es el caso de un ingreso exento. En el caso de ingresos exentos la persona que recibe dicho ingreso tiene la obligación de reportarlo en su planilla como ingreso exento si el mismo, combinado con otros ingresos, sobrepasa, como regla general, $5,000. Ejemplos de ingresos exentos son: los intereses de bonos de Estados Unidos, los premios de la Lotería de Puerto Rico, la compensación por desempleo o el ingreso generado por los jóvenes de 16 hasta 26 años hasta $40,000. Así, un joven que trabaja y se gana $20,000 al año, por ejemplo, tiene obligación de rendir su planilla de contribución sobre ingreso y reportar dicho ingreso, aunque todo esté exento de contribuciones. Además, toda persona que reciba una compensación por desempleo en adición a otros tipos de ingresos que sobrepasen los $5,000, también la debe reportar en su planilla de contribución sobre ingresos.

Otra diferencia entre el ingreso exento y el ingreso excluido es que, en el caso de los individuos, algunos de los ingresos exentos están sujetos a contribución básica alterna. La contribución básica alterna es una contribución adicional que pagan los individuos que reciben ingresos anuales de $150,000 o más. Para el cálculo de esta contribución adicional, se incluyen algunos de los ingresos exentos para asegurarse que las personas de ciertos niveles de ingresos tributen una cantidad mínima de sus ingresos, aunque reciban ingresos exentos. Los ingresos excluidos nunca estarán sujetos a esta contribución adicional.

Por otro lado, los ingresos exentos y los ingresos excluidos pudieran afectar el cómputo de la deducción por el pago de los intereses de un préstamo hipotecario. Como regla general, la deducción por intereses pagados en un préstamo hipotecario está limitada a $35,000 o el 30% del ingreso bruto, lo que sea menor. Para el cómputo de la limitación del 30% se consideran tanto los ingresos exentos como los excluidos. Así, una persona que reciba mayormente ingresos exentos o excluidos no verá limitada su deducción por intereses hipotecarios por haber recibido ingresos exentos o excluidos.

Por esto, antes de preparar su planilla, es importante saber si el ingreso recibido es tributable, exento o excluido, ya que estas tres categorías de ingresos tienen un efecto contributivo distinto. Recuerde que para una orientación más completa y profesional, debe consultar a un asesor contributivo o contador Público Autorizado (CPA).