Por redacción de Sin Comillas

El Departamento de Hacienda emitió la Determinación Administrativa 20-08 eximiendo temporeramente del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU), a los alimentos preparados comenzando a las 12:01 a.m. del viernes, 20 de marzo de 2020 y concluyendo a las 11:59 p.m. del domingo, 19 de abril de 2020.

La exención temporera en el pago del IVU, que ya fue implementada en las crisis ocasionadas por los huracanes Irma y María y por los terremotos en el suroeste, además de alimentos preparados, incluye bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces. No será aplicable a la venta de bebidas alcohólicas.