El acueducto comunitario del Barrio Zamas de Jayuya es uno de los que enfrentan enormes retos para sostenerse. (Foto: Jorge A. Ramírez Portela | Centro de Periodismo Investigativo)

Además de los 242 acueductos comunitarios reconocidos por el Gobierno, existe un número indeterminado de estos sistemas que operan de manera informal. Aunque el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales firmó una amnistía para que los acueductos informales legalizaran su situación, ninguno se acogió a ella.

Por Rafael R. Díaz Torres | Centro de Periodismo Investigativo

El proceso para que los acueductos comunitarios legalicen sus franquicias y mantengan su operación es tan enredado, burocrático y privado de apoyo técnico que desalienta a las comunidades a formalizar el sistema que les lleva agua a sus hogares ante la incapacidad de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) de proveerles el servicio, según constató el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) a través de entrevistas, visitas de campo y documentación oficial.

El acueducto comunitario Brisas del Torito en Cayey lleva 40 años operando. De esas cuatro décadas, tres fueron al margen del Gobierno debido al incumplimiento con las agencias gubernamentales reguladoras, según admitió su portavoz, Renato López, durante un encuentro celebrado este verano entre líderes de acueductos comunitarios de todo el país y el administrador de la Agencia de Protección Ambiental (EPA, en inglés), Michael Regan.

Las declaraciones de López sonaban casi a un arrepentimiento por haber accedido a someterse a las regulaciones del Estado. Sin ocultar su frustración, narró los sacrificios que implica operar un acueducto comunitario y los retos que representan para organizaciones como la suya que, aunque reconocidas por el Gobierno, diariamente lidian por estar al día con los documentos y estándares de calidad de agua exigidos por la EPA y el Departamento de Salud (DS).

Renato López, del acueducto comunitario Brisas del Torito, en Cayey.

“La experiencia es que vienen con la mano de ayudar y con el puño de exigir, y son más las exigencias que las ayudas. Le complican la vida a uno”, se quejó el vecino de Cayey. “[Tenemos que cumplir con] Regulaciones, laboratorios, informes y una burocracia que se convierte en un revolú”, dijo López, mientras Regan prestaba atención y escuchaba con audífonos la traducción al inglés que hacía alguien de su equipo de trabajo.

El portavoz del acueducto de Brisas del Torito contrastó la experiencia de los vecinos que, antes de iniciar su proceso de legalizar una franquicia, voluntariamente y con un esfuerzo conjunto ponían a funcionar el acueducto que les suple el agua a 65 familias.

“No teníamos ningún problema, entre voluntarios, de tirar unos tubos cuando se dañaban o cuando se los llevaba el río. Cuando se dañó la bomba, íbamos y buscábamos dinero y la arreglábamos”, relató López. “Pero están hablando de unos papeles que llenar y yo no sé inglés. Me están exigiendo también el A, el B y el C. Suena como que vienen a salvarnos, pero en realidad vienen a exigir cosas que yo no tengo, ni yo sé hacer”, añadió el líder comunitario de Cayey.

En Puerto Rico existen unos 242 acueductos comunitarios, mayormente rurales, que son reconocidos por el Gobierno aunque no están vinculados a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA). Son sistemas que proveen agua potable a no menos de 25 personas o 15 conexiones, según los estándares de la EPA. Estos sistemas, muchas veces rústicos, proveen agua a sectores a los que la corporación pública no tiene la capacidad de llegar o de suplir el recurso de manera adecuada.

Se estima que los acueductos comunitarios proveen agua a cerca de 125,000 personas en Puerto Rico.

Además de los 242 acueductos oficiales, existe un número indeterminado de acueductos comunitarios que operan al margen del Gobierno, ya sea porque no satisfacen los estándares de la EPA, o porque no cumplen con documentación y requisitos establecidos por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y el Departamento de Salud (DS). Entre las condiciones que impone el Gobierno está el Certificado de Vigencia Corporativa del Departamento de Estado, estar al día los documentos de exención contributiva, proveer información en torno en quién recae la titularidad del terreno donde ubica el acueducto y presentar evidencia de que se cumple con los estándares de calidad de agua.

La AAA no le respondió al CPI si la corporación pública asumiría la administración del servicio de agua en caso de que los acueductos comunitarios dejen de operar en algunos de estos sectores rurales. Tampoco respondió cuánto le costaría al Gobierno asumir esta responsabilidad.

En el barrio Zamas de Jayuya los vecinos operan un sistema que, aunque cuenta con la franquicia de acueducto, no cumple con los estándares de calidad de agua del DS. Limary González Torres, presidenta de ese acueducto que sirve a cerca de 400 familias, explicó lo oneroso que les resulta mantener al día y darle mantenimiento.

“En febrero del año pasado vino el Departamento de Salud y nos hizo una encuesta y prácticamente es [como pedirnos] hacer el acueducto nuevo. Tenemos todavía tubería de metal. Arreglamos un tubo hoy y mañana aparecen tres más rotos. Es algo que no terminamos”, expresó González Torres.

Limary Gonzalez Torres, presidenta del Acueducto Comunitario del Barrio Zamas en Jayuya, en el área de recolección que lleva el agua al tanque. (Foto: Jorge A. Ramírez Portela | Centro de Periodismo Investigativo)

A cada familia conectada al acueducto de Zamas se le ha impuesto una cuota de servicio de $80 al año. Ese dinero es administrado por la junta comunitaria del acueducto para darle mantenimiento y hacer reparaciones, pero aun así, González Torres señaló que ha puesto dinero de su bolsillo para la compra de materiales y para pagar trabajos de mantenimiento.

En junio, la secretaria del DRNA, Anaís Rodríguez Vega, firmó una amnistía de 90 días para que los acueductos comunitarios que operan de manera informal   normalicen su situación sin ser referidos a la Oficina de Asuntos Legales de la agencia, y así evitar que se les impongan multas.

Sin embargo, varios líderes de sectores que tienen acueductos comunitarios dijeron al CPI que el DRNA no les integró en la planificación de la amnistía, ni tampoco se les orientó sobre el proceso para acogerse a esta y legalizar su situación.

“Nosotros no sabemos qué se aprobó, porque dice que hay una amnistía, pero no dice en qué condiciones es. Tú llamas al encargado de la amnistía en [el Departamento de] Recursos Naturales y te dice que tienes que pagarle $200, más tienes que saldar la deuda [de las multas por el uso del agua sin tener franquicia]. Pues entonces, ¿dónde está la amnistía?”, cuestionó Miriam Matos Díaz, quien preside la Organización de Sistemas de Acueductos Non-PRASA de Puerto Rico (OSAN).

Ramón Vega, delegado de la Asociación de Acueductos Comunitarios, coincidió en   la falta de claridad sobre los requisitos de esta amnistía y por el alegado poco ánimo de llegar a acuerdos con las comunidades.

“La Secretaria [del DRNA] nos trata como evasores. Eso es falso porque el 98% de los acueductos comunitarios cumplimos con el Departamento de Salud, con el CRIM [Centro de Recaudación de Ingresos Municipales], con el Departamento de Hacienda. Solo no se cumple con [el Departamento de] Recursos Naturales [y Ambientales] porque no tienen el ambiente propicio de querer ayudarnos”, indicó el delegado de la asociación.

El CPI se comunicó con el DRNA para solicitar las guías e información precisa sobre la amnistía anunciada el 8 de junio. La agencia respondió enviando la Orden Administrativa que establece la amnistía.

En el documento se establece que cada solicitud deberá incluir: un cargo de $200 por radicación, una certificación de la AAA que indique que dicha corporación pública “no puede proveer el servicio o el mismo es deficiente”, un diagrama de flujo del sistema, una declaración jurada que indique el origen del pozo y el inicio de su operación, un Certificado de Vigencia Corporativa del Departamento de Estado emitido al ente que administra el acueducto, fotos del metro o medidor de agua, así como coordenadas del sistema de extracción.

Para la Secretaria de Recursos Naturales, la amnistía contiene un lenguaje preciso y argumentó que no ha recibido ninguna queja de que no se entiendan los requisitos.

“La orden está bastante clara”, afirmó Rodríguez Vega, quien destacó que el personal de su agencia tiene la disposición y conocimiento para orientar sobre cualquier duda sobre la orden.

No obstante, vencida la amnistía este martes, el DRNA no recibió ninguna solicitud de acueductos informales con intención de normalizar su situación, según indicó el oficial de prensa de la agencia, Joel Seijo. La agencia anticipó al CPI que firmará una extensión de la Orden que durará hasta el 31 de diciembre.

Gobierno local y gobierno federal no se ponen de acuerdo sobre requisito de titularidad de terrenos

Otro de los requisitos del DRNA para solicitar la amnistía es que la corporación que administra el acueducto comunitario tenga la titularidad de los terrenos en donde se localiza el sistema. Esto, a pesar de que muchos de los acueductos comunitarios reconocidos legalmente por la propia agencia no cuentan con los títulos de los predios en donde se ubica el pozo e infraestructura, reportó el CPI el pasado mes.

Al ser cuestionada por el CPI sobre este requisito, Rodríguez Vega se limitó a decir que “eso es parte de los requisitos que están en los reglamentos. Aquí lo importante es que haya comunicación, para ver si hay problema de titularidad, en qué podemos ayudarlo y si hay alguna otra solución en relación a eso”.

Secretaria del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. (Foto: José Reyes | Centro de Periodismo Investigativo)

A diferencia del DRNA, las agencias federales no siempre exigen el requisito de titularidad de terreno para condicionar la participación en sus programas. Por ejemplo, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, en inglés) sí inicia un proceso para quienes soliciten fondos al Programa de Asistencia Pública, aunque no posean titularidad del terreno. Este proceso incluye a las organizaciones que administran acueductos comunitarios y solicitan fondos de recuperación para la reparación o reemplazo de infraestructura asociada a estos sistemas pluviales.

En declaraciones escritas enviadas al CPI, FEMA explicó que si quien reclama la ayuda para financiación del Programa de Asistencia Pública no es titular del terreno, debe, entonces, establecer su responsabilidad legal para las reparaciones de la instalación relacionadas con el desastre, esto mediante documentos que lo atestiguan ya sea un acuerdo escrito u otra evidencia legal.

“En ausencia de una transferencia expresa de la responsabilidad legal en un documento legalmente vinculante, FEMA considera que el propietario de la instalación ha conservado todos los derechos y obligaciones en relación con esa propiedad o derivados de ella, incluyendo cualquier mejora en la misma”, mencionó la agencia federal.

Por su parte, el Administrador de la EPA, explicó que para solicitar dinero de la partida presupuestaria de $78 millones que Puerto Rico recibirá para infraestructura de agua, la agencia federal ayudará a aclarar las interrogantes relacionadas al asunto de la titularidad de los terrenos.

Visita del administrador de la Agencia federal de Protección Ambiental (EPA), Michael S. Regan, a varios acueductos comunitarios del sistema non-prasa de Puerto Rico. (Foto: José Reyes | Centro de Periodismo Investigativo)

“Obviamente queremos hacer esos recursos disponibles, y donde no pueda determinarse inmediatamente la titularidad del terreno, queremos proveer asistencia técnica, para determinar quién tiene la titularidad sobre el terreno”, dijo Regan a preguntas del CPI.

Según el administrador de la EPA, “si las fuentes de agua están localizadas en un lugar donde no se puede determinar la titularidad del terreno, la asistencia técnica puede proveer las guías para reubicar esa fuente de agua, de manera que pueda haber continuidad en la operación de ese sistema”.

Regan no opinó sobre el requisito de titularidad que pide el DRNA para acogerse a la amnistía que permitiría un proceso para la formalización de una franquicia. No obstante, afirmó que la agencia federal procurará ayudar a la comunidad a ponerse en cumplimiento.

“Si la titularidad de terrenos es un requisito absoluto, haremos los fondos disponibles para ayudar a estas comunidades determinar quién es dueño del terreno. Eso es parte de nuestro proceso, hacer los fondos disponibles para garantizar que verdaderamente estamos ayudando a las comunidades”, puntualizó Regan.

El acceso al agua potable y el saneamiento es un derecho humano reconocido por la Organización de la Naciones Unidas (ONU) desde julio de 2010. Se reconoce como un derecho “esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”. En su resolución la ONU exhorta a los Estados a intensificar los esfuerzos para proporcionar a toda la población un acceso económico al agua potable y el saneamiento.