Por redacción de Sin Comillas

El Tribunal de Apelaciones ha puesto fin al caos que el Reglamento para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios del 7 de junio de 2019 (Reglamento Conjunto de 2019) había creado en la otorgación de permisos por parte de la Oficina de Gerencia de Permisos.

KLRA201900413 TA AEQUITAS V JP, Nulidad RC

El Tribunal de Apelaciones declaró, el pasado 4 de marzo de 2020, nulo el Reglamento Conjunto de 2019 y le dio un no ha lugar la Solicitud de Desestimación que presentó la Junta de Planificación.

La nulidad del Reglamento Conjunto, se debe a que la Junta de Planificación no cumplió con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, Ley Núm. 210 de 2016, que es la ley que entre otros aspectos regula la manera en que las agencias administrativas establecen y revisan las normas que le aplican a los ciudadanos y que estos procedimientos respondan a las necesidades y las inquietudes de nuestra ciudadanía y que las agencias de gobierno actúen de manera eficiente y efectiva.

Arequitas, LLC, demando a la Junta de Planificación el pasado 19 de julio de 2019 ante el Tribunal de Apelaciones, alegando varios incumplimientos, y el tribunal reconoció  que luego de “revisar el expediente administrativo, no hallamos en él la designación en conjunto del funcionario o panel examinador que estuviera a cargo del procedimiento de reglamentación, ni el informe que debió rendir y dirigir este funcionario o panel examinador a todo los jefes de las agencias concernidas que requiere la sec. 2.18 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme”.

Recientemente, el 15 de noviembre de 2019, el Tribunal Supremo en el caso 2019TSPR210, determinó que la Junta de Planificación tampoco cumplió con Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, cuando dejó en el 2017 si efecto varias resoluciones que protegían siete reservas naturales y una reserva agrícola, “por lo que las designaciones de reservas naturales se mantienen en vigor, según previamente reglamentadas”.

El Reglamento Conjunto declarado nulo, es requerido por la Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico, Ley Núm. 161 del 2009, la cual ha sido enmendada en 15 ocasiones. La intención de esta ley fue mejorar y unificar el proceso de permiso, unificando en un solo reglamento, todo lo relacionado con los asuntos de planificación, calificación, permisos, ambiente y todos los asuntos procesales y administrativos. Esto ha provocado, que para su revisión completa es necesario consultar a 30 agencias de gobierno.

El proceso de permisos ha sido identificado como uno de los problemas que enfrenta la economía. Pero la evidencia demuestra que todos los procesos administrativos y reglamentarios basados en la Ley de Permisos del 2009 y sus posteriores enmiendas, no han logrado una mejora en el proceso para obtener un permiso. Puerto Rico sigue casi en el mismo lugar, que cuando la Ley de Permisos fue aprobada hace una década. En el 2009 el Informe Doing Business Puerto Rico, elaborado por el World Bank Group, nos situaba en la posición 144 de 181 economía a la hora de obtener permisos de construcción, el último informe de 2020 nos sitúa en la posición 143 de 190 economías.

Recientemente el Secretario de Desarrollo Económico y Comercio, indicó que próximamente estaría realizando cambios en los procesos administrativos para mejorar los procesos de permisos y estaban trabajando con enmiendas al Reglamento Conjunto de 2019, recuerden que tanto la Junta de Planificación como la Oficina de Gerencia de Permisos, están bajo el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio.

Todo estos procesos de cambios administrativos, y posibles enmiendas quedan paralizados ante la nulidad Reglamento Conjunto de 2019. Pues los procesos de permisos, comenzarán a regularse por el último Reglamento Conjunto que estaba vigente anteriormente, que sería el del 2010.

La nulidad de este Reglamento Conjunto, es un alivio para la mayoría de los pequeños comerciantes y para los municipios que podrán recuperar procedimientos que habían sido eliminados y que les permitían procesar más rápidamente los pequeños permisos que son la mayor cantidad y los más importantes.

También lo es, para los municipios y las organizaciones ambientales que denunciaron el intento de aprobación del Mapa de Calificación para Puerto Rico, donde la Junta de Planificación basado en el Reglamento Conjunto de 2019, que pretendían cambiar la calificación de todos los municipios y establecer una nueva clasificación. Este Mapa de Calificación ya no tendría sentido aprobarlo, pues todos los distritos que proponía no existen, al declararse nulo el Reglamento Conjunto que los estableció.

A la Junta de Planificación le queda la posibilidad de apelar ante el Tribunal Supremo, para lograr mantener el Reglamento Conjunto de 2019 vigente unos meses más, pero expertos consultados indicaron que sería muy poco probable que puedan prevaler ante el grave error cometido.