Por Redacción de Sin Comillas

La Oficina de la Comisionada de Instituciones Financieras (OCIF) emitió una querella y orden de descorrer el velo corporativo de accionistas de Nodus International Bank, Inc., una entidad bancaria internacional (EBI) que está en proceso de liquidación.

Nodus habría violado el Plan de Liquidación, incluyendo remuneraciones no autorizadas a directores y accionistas. La entidad bancaria internacional debe restituir $27 millones de sus bienes personales para compensar a depositantes y acreedores; y se les prohíbe hacer negocios en Puerto Rico durante 10 años.

Desde el 16 de octubre de 2023, Nodus está en una Sindicatura Permanente hasta tanto culmine el proceso de su liquidación.

En específico, la Querella y Orden: (i) descorre el velo corporativo de Nodus; (ii) ordena a Tomás Niembro Concha, presidente de Nodus y dueño del 60% de sus acciones, y a Juan Ramírez Silva, presidente de la Junta de Directores de Nodus, y dueño del restante 40% de sus acciones, bajo el más estricto apercibimiento de severas sanciones, a ser responsables de manera personal y solidaria con Nodus por todas las deudas de la EBI, además de restituir una suma no menor de $27 millones a los depositantes y acreedores; y les prohíbe a ambos realizar negocios en Puerto Rico durante 10 años.

“Descorrer el velo corporativo quiere decir que estos accionistas que fueron responsables por defraudar a los depositantes y acreedores de Nodus y de provocar la insolvencia de la EBI no podrán esconderse tras la entidad corporativa sino que tendrán que responder con sus bienes y patrimonios personales para restituirles lo debido a dichos depositantes y acreedores”, explicó Natalia I. Zequiera Díaz, Comisionada de Instituciones Financieras.

La investigación de OCIF concluyó que Niembro Concha y Ramírez Silva “no tuvieron interés alguno en proteger a sus depositantes y clientes, sino que buscaron continuar enriqueciéndose a través de una serie de transacciones protegidas por la ficción jurídica de entidades corporativas separadas, ello en grave menosprecio de las obligaciones de la corporación para con la OCIF y con sus clientes y acreedores”.

La Querella y Orden le concede a Nodus 20 días para solicitar la celebración de una vista y presentar su contestación por escrito.

“Se reconoce que la acción que tomamos hoy de descorrer el velo corporativo, si bien sólidamente fundamentada en ley y reglamento, es una acción extraordinaria pero necesaria para hacer a estos individuos, que con sus acciones fraudulentas y contrarias a sus deberes de fiducia provocaron la insolvencia de Nodus, ahora tengan que responder personal y solidariamente con sus bienes y patrimonios personales para restituir a los depositantes y acreedores de Nodus defraudados por ellos. Tal y como hemos hecho en el pasado, con las acciones que tomamos hoy en este asunto de Nodus, cumplimos cabalmente con nuestro deber como regulador bajo las leyes y reglamentos de la OCIF, de proteger contra daño irreparable no solo los intereses de la entidad y de las personas y entidades con fondos o valores en la institución sino, en última instancia, la solidez y reputación del sistema financiero de Puerto Rico, incluyendo el Centro Bancario Internacional. La OCIF no va a permitir ni tolerar que entidades financieras que ostenten licencias expedidas por el Gobierno de Puerto Rico operen al margen de la ley o ignoren los mandatos claros de los estatutos y reglamentos aplicables”, indicó la Comisionada Zequeira.

Por otra parte, Zequeira emitió el pasado martes 26 de marzo de 2024 la Carta Circular CIF-CC-2024-001 para establecer guías en torno al proceso de disolución y/o liquidación de entidades bancarias internacionales (EBIs) y Entidades Financieras Internacionales (EFIs), con el propósito de uniformar, proveer transparencia y maximizar el repago a los depositantes y acreedores en el evento de disolución y/o liquidación de una EBI o EFI y para armonizar dichos procesos en Puerto Rico con aquellos dispuestos en otras jurisdicciones.

“Estamos seguros de que con estas nuevas guías interpretativas el proceso de disolución y/o liquidación de EBIs y EFIs, si fueren necesarios, redundarán en la mayor protección de los mejores intereses de los depositantes y acreedores de dichas instituciones y la salvaguarda de la solidez y reputación del sistema bancario y financiero internacional de Puerto Rico”, concluyó Zequeira.