Por redacción de Sin Comillas
El Colegio de Contadores Públicos Autorizados (CCPA) de Puerto Rico a través de su presidente, el CPA Aníbal Jover, reaccionó a la versión final del proyecto de la Cámara de Representantes 1919. Dicho proyecto atiende cinco áreas contributivas primordiales pero en esta ocasión el Colegio solicita enmiendas, específicamente en áreas relacionadas a la efectividad de la Ley.
“Dejar el lenguaje en la forma actual ocasionaría que transacciones e ingresos realizados hace 6 meses tengan, repentinamente, un costo contributivo mayor. Esto afecta, no solo la posibilidad de tener un sistema contributivo que brinde certeza, sino que los presupuestos y pagos de contribución estimada de cada persona se vean afectados”, indicó Jover Pagés.
“Dar efectividad retroactiva a estos aumentos nos parece una medida irrazonable e injustificada cuyo impacto adverso es más perjudicial a los contribuyentes que el beneficio que el Estado pueda derivar de así hacerlo”, expresó el CPA Jover.
“Este lenguaje debe ser modificado y sustituido por uno que claramente haga una de dos cosas: lo preferible, que sean efectivos para años contributivos comenzados después del 31 de diciembre de 2014, año en curso; o en su defecto, para transacciones efectuadas con posterioridad a la efectividad de la ley que pueda ser aprobada, ”añadió el Presidente.
“El Colegio de CPA está a favor de toda iniciativa gubernamental que esté dirigida a mejorar la administración de los recursos del Estado ya sea a través de métricas, evaluaciones, o la fiscalización de los tributos vigentes. No obstante, debemos dejar claramente establecido que esta medida, al igual que lo fueron la Ley 40-2013 y la Ley 117-2013, no son medidas fiscalizadoras; son medidas impositivas”, señaló el Presidente.
“Los cambios a estas disposiciones no deben eliminar la referencia a tasas contributivas aplicables a años anteriores del Código de Rentas Internas, sino que deben establecer claramente que es para años contributivos posteriores, que las tasas aumentan”, enfatizó el presidente. “Que sea claramente para años posteriores ya que estos aumentos de tasa contributiva aparecen en su mayoría redactados como efectivos para años contributivos comenzados después del 31 de diciembre de 2013”, concluyó Jover Pagés.