Por Redacción de Sin Comillas

Ante la negativa de la Compañía de Turismo a entregar la lista de los negocios de alquiler a corto plazo en Puerto Rico, el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) presentó este martes un recurso especial de acceso a información pública ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan.

La Compañía de Turismo no ha entregado la lista solicitada porque alega que contiene información confidencial contributiva de los hosteleros que pagan impuestos por ocupación, pero el CPI argumenta que la agencia “ha invocado erradamente un reclamo de confidencialidad anclado en varios fundamentos jurídicos inaplicables a la información pública solicitada”.

“El CPI solicita una serie de datos sobre las propiedades inmobiliarias que son utilizadas para fines exclusivamente comerciales como alquileres a corto plazo, una información que no es de naturaleza contributiva y que debe estar disponible para poder analizar de forma independiente el perfil de esta industria en la Isla”, dijo Carla Minet, directora ejecutiva del Centro.

El periodista del CPI, Luis Joel Méndez González, inició las gestiones para obtener una lista de todas las propiedades registradas para operar como alquileres a corto plazo en Puerto Rico desde el 15 de mayo de 2023. El 12 de junio recibió la primera respuesta de la agencia con una negativa a divulgar la información individualizada, alegando la protección de los récords contributivos de las hospederías.

El CPI reiteró que el periodista Méndez González no solicita la “declaración” de los hosteleros para fines contributivos, sino el listado de propiedades registradas ante la Oficina de Turismo para operar como alquileres a corto plazo, su ubicación, nombre de la persona que lo registra o su nombre comercial. Luego de varias comunicaciones, Turismo entregó una tabla Excel con datos estadísticos generales de arrendamientos a corto plazo, que no responden a la solicitud hecha por el periodista.

A pesar de que Turismo reconoció que mantiene un registro de hosteleros de alquileres a corto plazo, se niega a divulgar la lista solicitada reclamando confidencialidad de la información, que insistió en caracterizar como contributiva, citando un reglamento de la propia agencia. Pero un reglamento no puede ir por encima del derecho constitucional de acceso a la información, se establece en el recurso legal del CPI.

“Esta información es de carácter público y no contributiva o confidencial. Por tal razón, no hay impedimento legal alguno para la divulgación de la lista y los demás datos individualizados y desagregados solicitados por el CPI”, argumentó el recurso legal presentado en la sala de San Juan.

Los abogados del CPI plantean además, que “aun en casos en los que se avale un reclamo de confidencialidad por parte del Estado, debe hacerse un esfuerzo por proveer toda la información pública no comprendida dentro de dicho reclamo, incluida la posibilidad de segregar o tachar aquellas partes confidenciales de documentos o expedientes públicos”.

Turismo, al negarse a proveer la información pública solicitada, lacera el derecho constitucional de acceso a la información, plantea el CPI, representado por su abogado Carlos F. Ramos Hernández, y los abogados de la Clínica de Acceso de la Información de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana, Luis José Torres Asencio, Steven Lausell Recurt.

Recurso Especial