Por redacción de Sin Comillas
Un proyecto que enmienda la Ley del Retiro de los Empleados del Gobierno, para establecer que cualquier otro aumento concedido por ley para beneficiar a todas las anualidades que se paguen por edad, años de servicio o incapacidad, también sea aplicable a los participantes de las diferentes ventanas de retiro, a partir de enero de 2013, fue aprobada hoy en la Cámara de Representantes.
La medida, P. de la C. 1058, de la autoría de la representante Lourdes Ramos, menciona que la Ley 10 de 21 de mayo de 1992, según enmendada, dispone que a partir del primero de enero de 1992 y cada tres años, habrá un incremento de tres por ciento a todas las anualidades que se paguen por la Ley de Retiro, por años de servicio o incapacidad, vigentes a esa fecha y que se hayan estado percibiendo por lo menos tres años antes.
La nueva enmienda establece que “esta Asamblea legislativa considera meritorio dicho aumento del tres por ciento a todas las pensiones así concedidas no empece que sea por ventana de retiro temprano o en el curso normal del retiro de los pensionados”. La medida fue favorecida con 39 votos a favor y 14 en contra.