Por redacción de Sin Comillas

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos aprobó el Plan de Puerto Rico para los Fondos de Asistencia al Propietario (HAF, por sus siglas en inglés). Este plan autoriza el uso de $75.6 millones para asistir a dueños de hogares que enfrentan dificultades financieras a causa de la pandemia. Se espera que unas 5,000 familias se beneficien de este programa, que asigna un máximo de $21,000 para las personas elegibles.

Los fondos del Programa de Asistencia para Dueños de Hogar provienen de la Ley del Plan de Rescate Americano de 2021 (ARPA, por sus siglas en inglés) y está dirigida a los dueños de viviendas que han enfrentado dificultades para pagar la hipoteca de su residencia principal, y otros gastos relacionados con la vivienda, a causa de la pandemia por el COVID-19.

“Este programa está dirigido a evitar morosidad hipotecaria, ejecuciones de hogares y la pérdida de servicios esenciales en el hogar de dueños afectados por la pandemia del COVID-19.  Queremos que nuestra gente pueda permanecer en sus hogares, a la vez que proveen estabilidad a sus familias y así lograr comunidades más fuertes y resilientes. Debo destacar que el Programa de Asistencia para Dueños de Hogar de Puerto Rico es para propietarios de viviendas que tuvieron pérdidas materiales en sus ingresos a causa de la pandemia comenzando en enero del 2020, y así ayudarles a recuperarse”, sostuvo el gobernador Pedro Pierluisi.

El Programa asistirá con el restablecimiento de la primera y segunda hipoteca, así como con los costos de vivienda de los propietarios, incluyendo impuestos, seguros, otras tarifas y utilidades.

Requisitos de elegibilidad:

  • El propietario tiene que estar atrasado en, al menos, un pago relacionado con las obligaciones de propiedad de vivienda (pago de hipoteca / préstamo de vivienda, impuestos a la propiedad, seguro relacionado con la vivienda, utilidades, cuotas de asociación de propietarios / condominios, etc.)
  • Haber experimentado una dificultad financiera luego del 21 de enero de 2020 asociada con la pandemia de COVID-19.
  • Poseer y ocupar su propiedad como su residencia principal.
  • El tipo de propiedad debe ser elegible (fideicomiso en vida o individual).
  • Los ingresos del hogar no deben exceder el 150% del ingreso medio del área. El Tesoro requiere que, al menos, el 60% de los fondos estén disponibles para los hogares con un ingreso menor o igual al 100% del Ingreso Medio del Área ($79,900) o al 100% de los Estados Unidos, lo que sea mayor. Los propietarios que no cumplan con este requisito, pero sean socialmente desventajados, podrán ser elegibles para recibir asistencia.
  • Residir en un tipo de propiedad elegible: vivienda unifamiliar, condominio o casa móvil (adjunta, no adjunta).
  • El balance del préstamo, al momento de originación, no puede exceder los límites establecidos por Fannie Mae/ Freddie Mac para préstamos conformes.

Gastos elegibles:

  • Asistencia financiera para abordar la morosidad de la primera y segunda hipoteca
    Asistencia para el pago de hipotecas
  • Impuestos para propietarios de viviendas, seguros, seguros contra inundaciones y seguros hipotecarios.
  • Tarifas o gravámenes de la asociación de propietarios, tarifas de la asociación de condominios o cargos comunes.
  • Asistencia con el pago de impuestos a la propiedad en mora para evitar ejecuciones hipotecarias de impuestos a los propietarios.
  • Asistencia con los servicios públicos (servicio de energía eléctrica y agua)