Por redacción de Sin Comillas
La Alianza Puertorriqueña de Telecomunicaciones (APT) radicó ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico una moción solicitando intervención como amicus curiae (amigo de la corte) en dos casos: Edwin Martínez Fernández; Alberto L. Ortiz Molina vs. Oficina de Gerencia de Permisos (“OGPe”), caso núm. AC2022-0033 y QMC Telecom, y Rafael Agosto Santiago, Miriam Velázquez Velázquez y Evelyn Rodríguez Santiago vs Oficina de Gerencia de Permisos y QMC Telecom, caso núm. AC2022-0034.
En ambos casos, el Tribunal de Apelaciones revocó permisos de construcción de facilidades de telecomunicaciones basado en que éstos habían sido expedidos al amparo del Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios del 2019 y 2020, los cuales se habían declarado nulos por dicho Tribunal. El Tribunal de Apelaciones concluyó que la nulidad de los Reglamentos Conjuntos del 2019 y 2020 provoca necesariamente la nulidad automática y retroactiva de todo permiso expedido bajo cualquiera de éstos.
Por lo tanto, de confirmarse esta determinación por el Tribunal Supremo, ello podría resultar en la nulidad automática de alrededor de 90,000 permisos expedidos bajo ambos reglamentos, incluyendo miles de permisos para la construcción y uso de estructuras y facilidades de telecomunicaciones, y en acciones legales para la demolición de toda estructura construida al amparo de permisos expedidos bajo ambos reglamentos. Incluso, al momento en que el Tribunal Supremo expidió el recurso del caso núm. AC2022-0034, un Tribunal ya había ordenado la demolición de una facilidad de telecomunicaciones que estaba en uso.
La nulidad retroactiva de un permiso de construcción para una facilidad de telecomunicación conllevaría también la nulidad del permiso de uso de la torre, y de todo permiso de co-ubicación de antenas y equipos de transmisión, así como los permisos de construcción de fibra óptica, que conecta la facilidad con la red de telecomunicaciones.
“Si el Tribunal Supremo decide confirmar la nulidad de todo permiso expedido bajo los Reglamentos Conjuntos del 2019 y 2020, todos los abonados de servicio celular podrían quedarse poco después sin servicio o con un servicio severamente degradado. El impacto a individuos y negocios afectados será severo. Las compañías de telecomunicaciones tendrían que gastar millones de dólares en volver a someter solicitudes de permisos para nueva aprobación y, en el peor de los casos, desinstalar antenas y equipos de transmisión, demoler facilidades y torres de telecomunicaciones y remover toda fibra óptica instalada entre la torre y la oficina central. Además, se estaría enviando un mensaje paralizante al desarrollo económico creado por la incertidumbre sobre la legalidad de los permisos, cuya certeza es imprescindible para la inversión de capital y operación de todo negocio en Puerto Rico. La legalidad de un acto o la expedición de un permiso al amparo de un reglamento vigente al momento en que se otorgó el acto no debe quedar extinguido por la nulidad posterior de dicho reglamento”, señaló Luis Romero, presidente de la APT.
Romero hizo un llamado al gobierno para que, con carácter de urgencia, y en cumplimiento con Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico, agilice el proceso de aprobación de un nuevo Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios, con el fin de que se establezcan normas claras y precisas que regulen la construcción y la expedición de permisos en Puerto Rico.
La APT representa a más de una veintena de compañías proveedoras de servicios de telecomunicaciones, compañías constructoras y operadoras de redes de infraestructura de comunicaciones.