Por redacción de Sin Comillas
La Junta de Directores de la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA) autorizó que los beneficiarios puedan recibir un solo pago global, en vez de recibir compensaciones mensuales, reveló el director ejecutivo de la corporación Noé Marcano Rivera.
El funcionario indicó que presentó la nueva alternativa de desembolso a la Junta de la ACAA y esta fue aprobada. El nuevo beneficio requirió una enmienda al reglamento de la Ley 111 de 2020 (Ley de protección social por accidentes de vehículos de motor).
“Hemos simplificado los procesos para que los lesionados y/o familiares tengan acceso a los beneficios que les corresponden, conforme establece la Ley 111 de 2020, de una forma ágil y sin que medien procesos condicionados. Entendemos que cuando ocurre una desgracia inesperada, no todos están preparados para asumir económicamente los gastos que conlleva. Con esta enmienda ayudamos a resolver problemas inmediatos que se les pueden presentar”, explicó Marcano Rivera.
La ley establece que beneficiarios, tales como hijos, hijas, viudo o viuda reciben una indemnización de hasta un máximo de $10,000 por muerte como consecuencia de un accidente de tránsito. Sin embargo, estos pagos se realizan en un plazo de cinco meses y una cantidad de $2,000 mensuales. Igualmente, se hacen desembolsos por desmembramiento de hasta un máximo $1,000 mensuales. De igual forma, se otorga una compensación para gastos fúnebres de $1,000.
Ahora, sin embargo, los lesionados y familiares que reciben un pago mensual, puedan acogerse al desembolso de la totalidad del beneficio en un pago global (“lump sum”), de así ser solicitado.
El director ejecutivo de ACAA destacó que la medida posiciona a la ACAA de manera competitiva en el mercado de las aseguradoras y flexibiliza la adquisición de los beneficios que adquiere el ciudadano al pagar la prima de $35 cuando renueva su marbete.
La ACAA provee, además, una cubierta de servicios médico-hospitalarios, servicios quiroprácticos, casas de convalecencia, rehabilitación y los equipos médicos y medicinas que requiera el tratamiento, para aquellos que se lesionan como consecuencia de un accidente que involucre un vehículo de motor y que cumpla con la Ley vigente.