Por redacción de Sin Comillas
El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico dio a conocer que el Departamento de Salud planifica revisar el Certificado de Defunción de Puerto Rico (Modelo RD 77) para actualizar la información que se recopila en este documento. El nuevo Certificado de Defunción se busca adoptar con el propósito de atemperar el mismo a las recomendaciones del National Center for Health Statistics del 2003 para la recopilación de información sobre eventos vitales.
Además, el Instituto anunció que estará recibiendo las recomendaciones y los comentarios de la ciudadanía sobre el nuevo Certificado de Defunción. En específico, el borrador del nuevo Certificado de Defunción, al igual que otros documentos de apoyo, se puede acceder en el portal del Instituto (www.estadisticas.gobierno.pr) o visitando las oficinas del Instituto, y durante los próximos 30 días cualquier persona podrá enviar al Instituto sus sugerencias para asegurar el nuevo Certificado de Defunción sirva las necesidades de información de Puerto Rico por las próximas décadas sin imponer una carga innecesaria sobre las personas que llenan el mismo.
El Certificado de Defunción es el instrumento principal utilizado en Puerto Rico para registrar las muertes de las personas ocurridas en Puerto Rico. El Certificado es utilizado por médicos y otros profesionales de la salud para certificar para propósitos legales la muerte de un individuo y sus causas. Es utilizado por funerarios para poder obtener autorización para enterrar las personas muertas. Lo utilizan patólogos forenses que investigan muertes de causas complejas. Lo utilizan abogados y cortes como evidencia en casos judiciales. También, es utilizado para la investigación científica, la preparación de informes estadísticos, la toma de decisiones y el establecimiento de la política pública.
“La participación ciudadana en el diseño de las metodologías estadísticas de un País es fundamental para asegurar las estadísticas sean útiles, pertinentes y confiables. Estamos muy entusiasmados de poder recibir los comentarios de distintas entidades profesionales y empresariales para asegurar sus recomendaciones, y cualquier preocupación, sea atendida antes de implantar el nuevo Certificado de Defunción” indicó el Dr. Mario Marazzi-Santiago, Director Ejecutivo del Instituto.
El Articulo 5(j) de la Ley Núm. 209-2003, conocida como la Ley del Instituto de Estadísticas, dispone el deber del Instituto de “llevar a cabo la normalización de las encuestas, censos, planillas, formas, formularios, cuestionarios, entrevistas y cualquier otro medio utilizado por los organismos gubernamentales para recopilar información, de modo que se reduzca la carga impuesta a los informantes de las entidades privadas, eliminando la duplicidad en los requerimientos de información y aumentando la eficiencia de los procesos”.
El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico es una entidad gubernamental autónoma con la encomienda de coordinar el servicio de producción de estadísticas del Gobierno para asegurar que los sistemas de recopilación de datos y estadísticas, en los que se basan las políticas públicas, estén completos, sean confiables y de acceso rápido y universal.