Por redacción de Sin Comillas
El Movimiento Amplio de Mujeres de Puerto Rico denunció que la Cámara de Representantes aprobó el proyecto Sustitutivo del Código Civil. Se trata de un segundo proyecto sustitutivo, que no es igual al original y que no fue discutido ampliamente, ni sometido a vistas públicas. Además, expresó su indignación por lo apresurado del proceso. De igual manera, se expresaron en contra de la aprobación en el Senado del Informe Positivo del Proyecto 950 sobre aborto por la Comisión para Asuntos Federales.
“Reviste de gran importancia la participación que deben tener todos los sectores de nuestra sociedad en la formulación de las disposiciones de un nuevo Código Civil para Puerto Rico, que es el cuerpo normativo que regula una amplia gama de aspectos de la vida de las personas sobre lo que se define como una persona natural o jurídica, las instituciones familiares, los bienes las obligaciones y los contratos, la transmisión de derechos hereditarios, entre otros aspectos. Es indispensable que cualquier esfuerzo de reforma de este cuerpo normativo sea el producto de una amplia y transparente participación ciudadana que logre la creación de un código civil fundamentado en los derechos humanos, que afirma los principios de equidad y que se asegure de que ningún sector de nuestra sociedad quede excluido de su protección”, señaló Sara Benitez, portavoz del colectivo amplio de mujeres.
Los portavoces señalaron que:
- El Código aprobado viola derecho de cambio de indicador de género en el acta y el certificado de nacimiento.
- Se elimina la igual protección de las leyes para no reconocer los derechos de las personas de la comunidad LGBTTQI En las vistas del Proyecto inicial, el MAMPR señaló que fueron excluidas la orientación sexual- real o percibida, la identidad de género y la expresión de género.
- No reconoce el lenguaje inclusivo y establecen que donde dice hombre se aplica a las mujeres.
- Se mantienen el lenguaje que reconoce los derechos de los concebidos
- Constitución del Matrimonio: habla de que lo constituyen dos personas, sin embargo, a pesar de los señalamientos continuos en las vistas públicas por organizaciones de justicia asocial, no se especificó que la figura es válida independientemente del sexo, orientación sexual o identidad de género de las dos personas.
- Prohibe la maternidad subrogada: establece que el cuerpo no puede ser objeto de contratación privada. Además, constituye una negación de los adelantos científicos que permiten a personas con problemas de fertilidad o que quieren tener hijos o hijas alcanzar el derecho a formar una familia.
- Se mantienen los criterios para extender personalidad jurídica a las organizaciones religiosas. Otorgan a las instituciones eclesiales religiosas una tercera categoría como personas jurídicas lo cual le otorga privilegios y exenciones que no tienen otras entidades jurídicas.
- Se eliminó la frase que indicaba “el derecho a la muerte digna” y prohíbe la eutanasia.
Además de señalar las deficiencias del Código Civil aprobado, el MAMPR reaccionó en contra del nuevo informe positivo aprobado en Senado del PS950 y estableció que rechazan totalmente el proyecto de ley el cual, lejos de ser una “Ley para la protección de la mujer…” como se titula, es una forma directa e intencional de reducir dramáticamente los derechos reproductivos de las mujeres.
La portavoz del MAMPR, Eva Prados, indico que “la legislatura no ha podido demostrar que hay un legitimo interés apremiante del Estado, lo que si el proyecto se convertirse en ley, sería inconstitucional y discriminatorio. Realmente este proyecto no adelanta en nada la salud de las mujeres, sino lo que hace es traer la agenda religiosa fundamentalista e infringir los derechos reconocidos constitucionalmente a las mujeres. Exigir el consentimiento de los padres o madres cuando una menor va a realizarse un aborto, que tiene el mismo derecho constitucional que una mujer adulta, es una medida que va a traer practicas peligrosas que afectaran negativamente la salud de las mujeres jóvenes en Puerto Rico”.