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Por redacción de Sin Comillas

El Secretario del Departamento de Justicia, César Miranda, anunció, junto a Margarita Mercado Echegaray, Procuradora General, que la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió una decisión por voz de la Jueza Elena Kagan, con votación 6 a 2, en la que confirmó la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso Pueblo v. Sánchez Valle, sobre doble exposición.  

Según explicó el Secretario de Justicia, la decisión del Supremo federal significa que en el ámbito limitado de doble exposición, Puerto Rico no tiene autoridad para procesar por delito luego de que la fiscalía federal ha procesado al individuo por los mismos hechos delictivos.

“La decisión de la Corte Suprema tiene un impacto limitado en el procesamiento criminal, puesto que sólo impide un procesamiento sucesivo cuando el delito local y el federal contengan los mismos elementos; cuando se trate del mismo delito.  Cuando el delito local y el federal sean distintos, no hay impedimento para el procesamiento criminal en ambas jurisdicciones”.

“Destacó el titular del Departamento de Justicia que la decisión opera de igual modo para limitar la autoridad de la fiscalía federal de procesar a un transgresor de ley luego de que el individuo ha estado expuesto a procesamiento en los tribunales locales. Es decir, el procesamiento criminal en los tribunales locales, impedirá que las autoridades federales procesen a un sospechoso de cometer un delito federal por los mismos hechos.

La decisión emitida en este caso, sin embargo, tiene otras implicaciones. Toca ahora a las autoridades de Puerto Rico, a su clase política, el perfilar el derrotero a seguir en torno al futuro y la orientación jurídica y política de nuestra relación con los Estados Unidos”, precisó Miranda.

Aunque lamentó la decisión del Tribunal Supremo federal, el Secretario de Justicia se expresó complacido con el trabajo de los licenciados Christopher Landau y Jason Wilcox, “quienes, junto a nuestra procuradora Margarita Mercado y otros juristas puertorriqueños, trabajaron en este caso con profesionalismo y compromiso con Puerto Rico”.

“Respetamos la decisión de la Corte Suprema federal. Reiteramos el compromiso del Departamento de Justicia de defender y ejercer la autoridad del ELA para procesar a aquellos que atentan contra la seguridad y el bienestar de todos y todas las puertorriqueñas”, sentenció Miranda.

El 20 de marzo de 2015, el Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió que en Puerto Rico no aplica la doctrina de la soberanía dual y que por lo tanto, Puerto Rico no puede procesar criminalmente a los transgresores de ley, si la persona violó a la misma vez una ley federal y fue procesado en el foro de esa otra jurisdicción.

El primero de octubre de 2015, la Corte Suprema federal acogió la petición de certiorari del Estado en la que el Departamento de Justicia solicitó que se revoque la decisión del Tribunal Supremo local y que se determine que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico es un soberano independiente al gobierno federal para efectos de la protección constitucional de doble exposición. La Corte Suprema celebró una vista oral el 13 de enero de 2016.  Luego de ello, el caso quedó sometido para adjudicación final.