Firma Energetica - AGP 2

Por redacción de Sin Comillas

El gobernador Alejandro García Padilla convirtió en ley la reforma energética, que se conocerá como la Ley de Reforma del Sector Eléctrico de Puerto Rico.

“Desde hoy la Autoridad de Energía Eléctrica tiene la obligación legal de atemperarse a los retos del Siglo 21, mientras permanece en manos del pueblo de Puerto Rico”, resaltó el Gobernador al firmar el estatuto acompañado del presidente del Senado, Eduardo Bhatia y el presidente de la Cámara de Representantes, Jaime Perelló.

La nueva ley requiere entre otras cosas:

  • Que se asegure la disponibilidad y el suministro del servicio de energía eléctrica a un costo que sea asequible, justo y razonable.
  • Que los precios del servicio de energía eléctrica estén basados en el costo real del servicio y en parámetros de eficiencia.
  • Que haya transparencia y participación ciudadana en todos los procesos que tengan que ver con el servicio de energía eléctrica.
  • Que todas las entidades públicas, incluyendo las tres ramas de gobierno, las corporaciones públicas y los municipios, sean responsables en el consumo de energía eléctrica.
  • Que como país tengamos un portafolio balanceado y diverso de fuentes de energía eléctrica y que reduzcamos la dependencia en las fuentes derivadas de combustibles fósiles.
  • Y que todas las aportaciones y los subsidios en el consumo de energía eléctrica sean utilizados de manera adecuada, de manera que se asegure que cumplen con los objetivos sociales para los cuales se crearon.

La ley ordena a la Autoridad iniciar un proceso de revisión de sus tarifas dentro de un término de 180 días, a partir de hoy. Este proceso de revisión de tarifas deberá concluir en seis meses.

En términos de las métricas, la Reforma establece un término de 3 años -prorrogable a 4 años-, a partir del 1 de julio de 2014, para que Puerto Rico comience a producir el 60% de su energía  generada a base de combustibles fósiles de forma “altamente eficiente”.

Se ordena además, que la AEE agilice y simplifique los trámites para la interconexión de proyectos solares distribuidos. Asimismo, requiere que la Autoridad que se asegure de la integración del máximo posible de generación renovable distribuida.

Además establece la Oficina Estatal de Política Pública Energética (OEPPE) que tendrá a su cargo, desarrollar y actualizar, vía reglamento y dentro del marco establecido en esta ley, la política pública energética de Puerto Rico. Esta política pública incluirá planes agresivos de conservación y reducción en el consumo de energía eléctrica para todas las entidades públicas, incluyendo las tres ramas de gobierno, las corporaciones públicas y los municipios.

De igual forma, se crea la Comisión de Energía, que tendrá a su cargo regular la industria eléctrica, incluyendo a la AEE y el resto de sus componentes. Asimismo tendrá el poder de fiscalizar e investigar a la corporación pública y a los demás componentes; y adjudicar casos y controversias sobre los asuntos relacionados a la industria eléctrica, incluyendo sus servicios y el cumplimiento de la política pública energética. Así también, se crea la Oficina Independiente de Protección al Ciudadano que tendrá el deber de educar, orientar, asistir y defender los intereses y derechos de los clientes de la AEE y de cualquiera otro de los componentes de la industria.

Además, la Administración de Energía será a partir ahora, el sostén administrativo y operacional del resto del andamiaje regulatorio para fomentar la eficiencia en la gerencia gubernamental al centralizar sus servicios administrativos de apoyo. El presupuesto para operar la administración de este nuevo organigrama no afectará al Fondo General, ya que el dinero provendrá  de cargos reglamentarios a las compañías de servicio eléctrico que estén bajo la jurisdicción de la Comisión de Energía.