SoniaVelez

Por redacción de Sin Comillas

La directora de la Oficina de Administración de los Tribunales, Sonia Ivette Vélez Colón, dijo apoyar una reforma del Sistema de Retiro de la Judicatura y apoyó la medida. Vélez Colón depuso en las vistas conjuntas de Cámara y Senado sobre el Proyecto del Senado 858 y el Proyecto de la Cámara 1595.

“Nosotros valoramos el interés por identificar las medidas conducentes a aliviar el déficit actuarial que representa el Sistema de Retiro de los Jueces y las Juezas de Puerto Rico”, explicó la abogada, antes de detallar aspectos generales de la organización del Sistema.

El Sistema de Retiro de la Judicatura tiene en estos momentos un déficit actuarial cercano a los $380 millones, donde la aportación de los jueces y juezas es de 8.275% de su salario. La nueva medida estipula que los nuevos integrantes, a partir del 1 de julio de 2014, deben aportar el 12% de su salario y se eliminan los bonos de Navidad, Verano y la aportación de medicamentos a los nuevos integrantes.

El proyecto establece fundamentalmente un sistema híbrido, con un plan combinado de beneficio definido y contribución definida, donde se aumenta la edad de retiro, de 60 a 65 años de edad y donde el periodo para determinar la retribución serían los últimos cinco años de servicio.

Vélez Colón propuso una enmienda al Proyecto. “Lo que proponemos es que se añada una disposición con el propósito de solventar el déficit de flujo de caja del Sistema. El Sistema comisionará dentro de los tres meses subsiguientes a la aprobación de esta Ley, un estudio actuarial para determinar el monto de la aportación adicional que el Gobierno debe contribuir al Sistema para evitar que el valor de los activos brutos proyectados del mismo sea, durante cualquier año fiscal subsiguiente, menor a $20,000,000”, explicó la jueza.

Vélez Colón explicó además a los legisladores presentes en la vista, que “la aprobación de este texto nos permitiría identificar con suficiente antelación cualquier situación que requiera la activación del mecanismo que prove al Administrador los lineamientos específicos para que se cumplan las obligaciones contraídas con los participantes del Sistema”.