Por redacción de Sin Comillas
Claro informó que la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) ha propuesto una reducción en el factor de contribución que se utiliza para calcular el cargo del Fondo de Servicio Universal Federal y que aparece en la factura. El cambio propuesto representa una disminución del 17.9% al 17.4% De no ser refutado, esta disminución será efectiva en el segundo trimestre del 2012.
Este factor será adjudicado a la facturación asociada a los servicios interestatales e internacionales, resultando en un aumento en el cargo de “Federal Universal Service Fund Charge” (FUSFC) que se presenta en la factura, como sigue:
Clientes Claro Línea Fija
Clientes Residenciales – El cargo a reflejarse en la factura corresponderá a la multiplicación del factor de 17.4% por la facturación asociada al Acceso de Línea Impuesto por FCC ($6.50 por cada línea residencial y de negocio sencilla). Además, el factor será aplicado a servicios y llamadas de larga distancia fuera de Puerto Rico. Para la porción VOIP del servicio Phonemax, el factor aplicará a las llamadas de larga distancia interestatales en exceso del cupo mensual del plan adjudicado y al 64.9% de la renta mensual en planes que incluyen minutos de uso fuera de Puerto Rico.
Clientes de Negocios – El factor de 17.4% se le adjudicará igualmente al Acceso de Línea Impuesto por FCC ($9.20 por cada multilínea de negocio) y a los servicios especiales interestatales, como lo son circuitos dedicados de alta velocidad. Además, el factor será adjudicado a servicios y llamadas de larga distancia fuera de Puerto Rico. Para la porción VOIP del servicio Phonemax, el factor aplicará a las llamadas de larga distancia interestatales en exceso del cupo mensual del plan adjudicado y al 64.9% de la renta mensual en planes que incluyen minutos de uso fuera de Puerto Rico.
Clientes de Claro Móvil
Clientes por Contrato o del Servicio Prepagado – El factor de 17.4% será adjudicado a llamadas o servicios de larga distancia fuera de Puerto Rico y de “roaming”, dependiendo del plan de llamadas que tenga el cliente.
Clientes por Contrato con Planes que Incluyen Minutos de Uso para Llamadas Fuera de Puerto Rico y “roaming” – El factor de 17.4% será adjudicado a la porción estatal e internacional del cargo mensual del plan correspondiente. Además, el factor será adjudicado a los minutos interestatales en exceso del cupo de minutos incluidos en el plan.
Conforme a lo anunciado por la FCC en marzo de 2003, este factor será revisado por ellos cada 3 meses. Los clientes que reciben el subsidio de Servicio Universal Federal, conocido como “Lifeline” o Acceso Garantizado, no se verán afectados por este cambio.
Cabe reiterar que los recaudos del Fondo del Servicio Universal Federal no benefician a PRT ni a Claro. El FSUF se nutre de las contribuciones mensuales que hacen los proveedores de telecomunicaciones, según lo establecido por la FCC. El Servicio Universal tiene el propósito de garantizar, por medio de subsidio, un nivel adecuado de servicio de telecomunicaciones básicas para áreas rurales, escuelas, bibliotecas, hospitales, familias de escasos recursos y personas con impedimentos auditivos.