Por redacción de Sin Comillas
La Oficina de la Comisionada de Instituciones Financieras (OCIF) diligenció el pasado viernes una Resolución Final y Orden de Cese y Desista en contra de Athena Bitcoin, Inc., una empresa que opera cajeros de criptomonedas. OCIF citó una vista administrativa para el 20 de septiembre de 2022.
La OCIF se reitera en la negación de solicitud de licencia presentada por Athena debido al incumplimiento con la obligación de someter información y/o documentos requeridos bajo la Ley, incluyendo información que establezca el cumplimiento con los requisitos de capital y activos; la prestación de la fianza requerida; y la presentación de estados financieros auditados. Asimismo, le advierte que actualmente los negocios y actividades comerciales de transferencias monetarias que Athena realiza en Puerto Rico no están autorizados por la OCIF y la empresa debe cesar y desistir de inmediato de todas sus operaciones comerciales en Puerto Rico.
Según la orden emitida por Natalia Zequeira Díaz, Comisionada de Instituciones Financieras, la agencia le dio a la empresa múltiples oportunidades para cumplir con los claros mandatos de la Ley Núm. 136-2010. “Sin embargo, y sin justificación legal alguna, Athena ha fallado en su obligación de someter la totalidad de la información y/o documentos necesarios para finiquitar el proceso de licenciamiento del negocio de transferencias monetarias…. Además, de manera temeraria, Athena ha continuado sus operaciones comerciales en Puerto Rico a sabiendas de que no posee una licencia válidamente expedida por la OCIF, según requerido por ley”.
El 22 de abril de 2021, la OCIF emitió la Carta Circular CIF-CC-2021-3 estableciendo el requisito de licenciamiento para los “Money Services Business” (MSB) cubiertos por la Ley, en particular aquellos que operan quioscos o Bitcoin Teller Machines (BTM, por sus siglas en inglés) o ATMs de monedas virtuales convertibles y/o criptomonedas.
La OCIF emitió dicha Carta Circular en armonía con la correspondiente guía emitida por el Financial Crimes Enforcement Network of the United States Department of the Treasury (FinCEN) que dispone que los propietarios-operadores de quioscos de monedas virtuales convertibles que aceptan y transmiten valor, deben cumplir con las normas que rigen a los MSB. Entre otras cosas, la OCIF tomó en consideración el hecho de que la Federal Financial Institution Examination Council (FFIEC) –que agrupa a los reguladores bancarios de las jurisdicciones de los Estados Unidos– considera a los MSBs de alto riesgo en lo que respecta a delitos relacionados a lavado de dinero.
“Como hemos reiterado en el pasado, la OCIF no va a permitir ni tolerar que ninguna entidad financier –sea esta un banco, una entidad financiera internacional o un negocio de servicios monetarios– que opere dentro del sistema financiero de Puerto Rico lo haga al margen de la ley e ignore los mandatos claros de los estatutos y reglamentos aplicables”, indicó la Comisionada Zequeira.