Por redacción de Sin Comillas
El Departamento de Hacienda suspenderá desde hoy, durante 45 días, el cobro del arbitrio en la introducción y/o fabricación de la gasolina y del ‘diésel oil’ para importadores y fabricantes de ambos productos. Hacienda recauda un impuesto de 16 centavos por galón de gasolina y 4 centavos por galón de diesel.
La suspensión temporera del arbitrio debe reflejarse en los precios de las estaciones de gasolina y de diésel, con una reducción de alrededor de cuatro centavos el litro.
Para el fisco, la mortoria representa una pérdida de unos $25 millones, que compensará con ayuda de la Asociación de Suscripción Conjunta (ASC), que deberá declarar un dividendo extraordinario de $50 millones de su reserva de capital que estará sujeto a una contribución especial de un 50%.
“Según establecido en la Resolución Conjunta del Senado 18-2022 (antes RC 7-2022), que ordena al Departamento suspender el cobro del arbitrio a la gasolina y al ‘diésel oil’ durante 45 días, hasta un tope de $25 millones, emitimos la Carta Circular de Rentas Internas 22-11 (CC RI 20-11), estableciendo el mecanismo para asegurar una distribución equitativa de ese tope de exención entre los importadores y/o fabricantes, además de la transferencia de la misma, hasta llegar al consumidor”, dijo el secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea.
“Cabe señalar que una vez aplicada la exención, ésta debe ser transferida a través de las distintas etapas de la cadena de distribución, hasta llegar al consumidor. Por ejemplo, si el importador introduce gasolina sujeta a la exención durante el periodo de 45 días, pero distribuye la misma posterior al periodo, ese importador no puede cobrar el arbitrio en la distribución de la gasolina, si la misma estuvo sujeta a la exención en la introducción”, explicó.