Por redacción de Sin Comillas

El Gobierno anunció la extensión de la exención temporera del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en la compra y venta de artículos de primera necesidad para prevenir el contagio del coronavirus COVID-19, o para su tratamiento, hasta el domingo, 31 de mayo.

“Continuamos en estado de emergencia y, ante una reapertura paulatina de la actividad económica, el uso de artículos de primera necesidad para evitar el contagio del COVID-19 es vital, sobre todo para las personas que reanuden labores de manera presencial. Estamos conscientes de que el presupuesto de muchos ciudadanos se ha impactado. Por eso, estamos extendiendo la eliminación del pago de IVU a todos los artículos de primera necesidad, cuyo uso o consumo sea necesario para prevenir el contagio o para el tratamiento de la enfermedad”, explicó la gobernadora Wanda Vázquez Garced.

La Orden Ejecutiva 2020-038 extendió el periodo de toque de queda hasta el 25 de mayo y permite, de forma limitada, la apertura de ciertas industrias, comercios y servicios en horarios específicos.

Los artículos de primera necesidad, que estarán exentos del pago del IVU estatal y municipal incluyen: desinfectante de manos, jabón, champú, toallas húmedas, pañuelos desechables, mascarillas, alcohol isopropílico, desinfectantes, antisépticos, artículos para limpieza del hogar, guantes de vinil, analgésicos y medicamentos anticatarrales.