Por redacción de Sin Comillas

El Senado aprobó crear la “Ley de Datos Abiertos del Gobierno” con el propósito de que toda información de las agencias gubernamentales sea publicada en un portal electrónico que será manejado por el Instituto de Estadísticas. El Proyecto del Senado 236 tuvo 21 votos a favor y seis en contra.

Los datos a publicarse incluyen: informes de viajes oficiales incluyendo los propósitos y gastos, presupuesto aprobado por la entidad gubernamental y gastos trimestrales, planes estratégicos, gastos de representación y reembolsos. También, convocatorias, resoluciones aprobadas por las Juntas de Gobierno, calendario de vistas  y procedimientos administrativos, reglamentos, cartas circulares, información sobre operaciones, licitaciones o propuestas, auditorias externas y otros informes emitidos relacionados a los presupuestos de los organismos gubernamentales de la Rama Ejecutiva y de los municipios.

Se crea el puesto de Principal Oficial de Datos del Gobierno de Puerto Rico adscrito al Instituto de Estadísticas. Sus funciones serán desempeñadas por el director del Instituto, Mario Marazzi, o por aquellas personas en las que delegue estas funciones.

Todo reclamo de confidencialidad o de privilegio que realicen las agencias del Ejecutivo y los municipios para proteger y evitar la divulgación de información deberá realizarse según los siguientes criterios: que una ley así lo dispone, que la información está protegida por algunos de los privilegios evidenciarios que invoquen los ciudadanos y que la misma lesione derechos fundamentales de terceros y que sea información confidencial conforme a las Reglas de Evidencia de Puerto Rico.

Se unen a estas excepciones datos sobre seguridad nacional, reglas o prácticas de personal internas de los organismos gubernamentales, comunicaciones internas entre dependencias, información pública que aplique algunos de los privilegios reconocidos en la Constitución de Estados Unidos y Puerto Rico. Asimismo, datos asociados a litigios civiles o criminales en los que un organismo gubernamental sea parte o empleado o funcionario público, información que si fuera divulgada invade la privacidad de terceros, secretos de negocios obtenidos por una persona que es confidencial por contrato, estatuto o decisión judicial. De igual forma, información confidencial o financiera cuya divulgación “causaría un daño competitivo a la persona de la que se obtuvo la información”, entre otras.

En la Exposición de Motivos se hizo alusión al caso que llevó el senador Eduardo Bhatia Gautier vs el gobernador Ricardo Rosselló Nevárez en torno a la publicación del presupuesto general del País 2017-2018. Sobre este caso el Tribunal Supremo argumentó que en la Isla “no se ha legislado específicamente para delimitar el acceso a documentos gubernamentales de escrutinio público.

Por lo tanto, y según el informe positivo de la medida “es necesario e indispensable implementar medidas que fomenten un gobierno más ágil, transparente, eficiente y que fomente el desarrollo económico mediante la apertura a la ciudadanía de todo documento público”. El informe fue firmado por el presidente de la Comisión de Gobierno, Miguel Romero Lugo.

La pieza legislativa fue avalada por el Instituto de Estadísticas, la Coalición del Sector Privado, Espacios Abiertos, la Oficina del Contralor de Puerto Rico, La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal.

Esta Ley comenzará a regir seis meses después de la aprobación del gobernador. Sin embargo, la adopción de reglamentos, preparación de inventarios de datos, planes de trabajo, informes y manuales entrarán en vigor inmediatamente.