Por redacción de Sin Comillas

El gobernador Alejandro García Padilla envió a las ramas legislativas varios anteproyectos de ley dirigidos a que se restituya la facultad del Colegio de Abogados de Puerto Rico para expedir fianzas notariales, administrar el Fondo de Fianza Notarial y se otorgue a la entidad el importe producto de la venta del arancel del impuesto notarial que por ley los notarios deben cancelar en los instrumentos públicos autorizados.

El anuncio fue hecho por el secretario de Asuntos Públicos de La Fortaleza, Jorge Colberg Toro, quien expresó que “estas medidas obedecen al compromiso de esta Administración de devolverle al Colegio su sitial en el quehacer jurídico y social de Puerto Rico”.

El  proyecto para enmendar la Ley Notarial de Puerto Rico tiene la intención de eliminar el aparente conflicto de interés existente entre el Comisionado de Seguros y cualquier compañía que esa oficina supervisa, luego que se convirtiera en el ente propietario, administrador, custodio de bienes y propulsor de una empresa dedicada al mismo negocio. De igual forma, la medida pretende eliminar otro posible conflicto entre entidades públicas que puedan litigar entre sí al existir controversias legítimas si el Director de Inspección de Notarías procede contra la fianza.

De otra parte, otra de las medidas presentadas tiene el propósito de enmendar el Artículo 10 de la Ley 75 del 2 de julio de 1987 para allegar más fondos al Colegio de Abogados a través del importe producto de la venta del arancel de Impuesto Notarial.

“La Ley 121-2009, enmendó el Artículo 10 de la Ley Notarial y dispuso que el producto de la venta del sello de Impuesto Notarial ingresaría en partes iguales al Instituto del Notariado Puertorriqueño y a la Asociación de Notarios de Puerto Rico. Luego, la Ley 135-2009 enmendó la Ley 121, supra, para exigir a quienes se beneficiaran de los fondos de este impuesto o de cualquier otro sello total independencia fiscal, operacional y administrativa, y prohibir su afiliación al Colegio o a su Junta de Gobierno.  Así las cosas, la Ley 135, supra, prohibió al Colegio y a sus afiliadas beneficiarse de los fondos producto de la venta del Impuesto Notarial. A pesar de que los ingresos del Colegio han mermado significativamente en los pasados años, éste continuó ofreciendo servicios a su matrícula y a la comunidad puertorriqueña”, reza la exposición de motivos de la medida.

“Confío en que nuestra clase togada tendrá todas las herramientas necesarias para garantizar que los procesos sean más ágiles y efectivos”, puntualizó Colberg Toro.