Por redacción de Sin Comillas

En menos de dos meses desde que comenzó el actual año fiscal, unos 56 consumidores han comprado un vehículo híbrido y se beneficiarán del reembolso de los arbitrios pagados. El incentivo es parte de la Ley 204, firmada la semana pasada por el gobernador, Luis G. Fortuño, que otorga reembolso sobre el arbitrio pagado en la compra de vehículos híbridos convencionales (HEVs) y vehículos híbridos “plug-in”(PHEVs).  

La Ley concede un reembolso del 100% sobre el arbitrio pagado en la compra de los vehículos eléctricos y vehículos híbridos “plug-in”, hasta el 2016. En el caso de los vehículos híbridos convencionales la Ley otorga un reembolso el cual no excederá las siguientes cantidades:

  • 65% del arbitrio pagado, el cual no excederá los $8,000, desde el 1 de julio de 2012 hasta el 30 de junio de 2013;
  • 50% del arbitrio pagado, el cual no excederá los $6,000, desde el 1 de julio de 2013 hasta el 30 de junio de 2014;
  • 40% del arbitrio pagado, el cual no excederá los $4,000, desde el 1 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2015;
  • 25% del arbitrio pagado, el cual no excederá los $2,000, desde el 1 de julio de 2015 en adelante;

Este reintegro aplicará a los vehículos de motor híbridos; los eléctricos; los movidos por hidrógeno, bio-diesel, etanol, methanol, gas natural o gas propano; y los automóviles “P-series”. Para acogerse al rembolso, el comprador tendrá 180 días, contados a partir de la fecha de compra, según aplique, para solicitar al Departamento de Hacienda el reintegro del arbitrio pagado.

El secretario de Hacienda, Jesús F. Méndez Rodríguez, sostuvo que “esta nueva ley provee para que el Departamento de Hacienda pueda transferir el dinero por el concepto de rembolso a la institución financiera que provea el financiamiento para la compra del vehículo, a solicitud del comprador del mismo. Esto es un gran beneficio para el consumidor”.  En aquellos casos en que el ciudadano pida que el rembolso se transfiera a la institución financiera, el Secretario de Hacienda explicó que el comprador deberá solicitarlo según el procedimiento que Hacienda está desarrollando en este momento el cual se informará próximamente al público mediante reglamento, carta circular u otra determinación o comunicación para el público en general.

En cuanto a la documentación que deben presentar los consumidores que opten por solicitar directamente el reembolso, Méndez explicó que deben presentar lo siguiente:

  • Modelo SC 2116
  • Copia de la licencia del vehículo expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas
  • Cuando el vehículo es adquirido por compra o arrendamiento financiero (leasing):
  • Presentar carta de aquiescencia reconociendo el traspaso del pago del arbitrio al comprador y certificado que el vehículo es uno impulsado por energía alterna o combinada
  • Factura expedida por el concesionario
  • Cuando el vehículo sea importado, deberán presentar copia del conocimiento de embarque.

Estos documentos se radicarán a través del correo electrónico: hibridos@hacienda.gobierno.pr. Además, podrán ser enviados por correo a la siguiente dirección: Departamento de Hacienda, Negociado de Servicio al Contribuyente (oficina 211), PO Box 9024140, San Juan, PR 00902-4140.