hacienda3_24-300x168

Por redacción de Sin Comillas

Algunos contribuyentes recibieron, equivocadamente, del Departamento de Hacienda una notificación de deuda y requerimiento de pago recientemente. El aviso corresponde al balance de la planilla de contribución sobre ingresos del año 2015, cuyo segundo plazo vence en octubre.

“La notificación enviada requiere efectuar el pago del segundo plazo previo a la fecha prescita por la sección 1061.17 del Código de Rentas Internas del año 2011. Por lo tanto no se trata de una deuda vencida”, dijo Víctor Pizarro Núñez, Secretario Auxiliar de Rentas Internas, y explicó que la situación surgió debido a un error en la programación de los sistemas que ya fue corregido.

“Lamentamos cualquier inconveniente que esta situación haya podido causar y exhortamos a hacer caso omiso a la notificación recibida. Estaremos enviando cartas aclaratorias sobre este particular. No obstante, recuerden que deben remitir el pago del segundo plazo en o antes del 17 de octubre para evitar la acumulación de intereses, recargos y/o penalidades”.

De conformidad con la Sección 1061.17 del Código de Rentas Internas, un contribuyente podrá optar por pagar el total de su contribución sobre ingresos en dos plazos iguales, en cuyo caso el primer plazo será pagado el día 15 del cuarto mes siguiente  a su año contributivo y el segundo plazo será pagado el día 15 del sexto mes siguiente a la fecha prescrita para el pago del primer plazo. El Código dispone además que en caso de que el plazo ocurra un día de fin de semana, la fecha de vencimiento será el próximo día laborable, en este caso, el lunes 17 de octubre de 2016.