El director de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda, George Joyner, anunció que el gobernador de Puerto Rico, Luis G. Fortuño, estampó su firma en la nueva Ley de Transición del Programa Impulso a la Vivienda,  que extiende todos los beneficios del paquete de incentivos que brindaba la Ley 132 hasta el próximo 30 de junio de 2012 y a partir del 1ero de julio comienza su extinción en fases, lo que proveerá beneficios a compradores de vivienda hasta finales de diciembre 2012.

“Con Impulso a la Vivienda, hemos apoderado a miles de familias para que puedan adquirir un hogar propio. Estamos extendiendo este programa para ofrecerle a más familias la oportunidad de acogerse a estos beneficios, de manera que cuenten con la flexibilidad económica necesaria para alcanzar una de nuestras más anheladas metas, que es adquirir una vivienda para formar un hogar”, expresó el Gobernador de Puerto Rico, Luis. G. Fortuño.

La Ley de Transición del Programa Impulso a la Vivienda estipula que, a partir del 1 de noviembre de 2011, las ganancias de capital a largo plazo en la venta de toda residencia principal estarán exoneradas del pago de contribuciones sobre ganancias de capital, de la contribución alterna básica y de la contribución alterna mínima, sin importar la fecha o las circunstancias en que la residencia principal fue adquirida.

Por su parte, George Joyner sostuvo que “Con la firma de esta nueva Ley de Transición que extiende en fases este paquete de incentivos único en el mundo, continuamos brindando la ayuda necesaria para que nuestras familias puertorriqueñas puedan tener acceso a viviendas de calidad, dignas y seguras. Al mismo tiempo seguimos fomentando la construcción de viviendas cuyos precios son accesibles con amenidades de primera clase. Reafirmamos nuestro apoyo en la creación de oportunidades tanto para los consumidores como para los desarrolladores, creando nuevas oportunidades de empleo y dándole así un impulso al sector de la vivienda y a nuestra economía”

Asimismo, la Ley de Transición establece que no habrá cambios en los demás incentivos para los vendedores de propiedades existentes. Esto significa que, hasta el 31 de diciembre de 2012, tendrán:

  • 100% de exoneración en contribuciones sobre ganancias de capital para el vendedor.
  • 100% de exoneración en sellos y comprobantes de la cancelación

Las fases de esta extensión se distribuyen de la siguiente manera:

Durante el período de 1 de noviembre de 2011 al 30 de junio de 2012 no habrá cambios en los incentivos ofrecidos a los compradores de propiedades nuevas y propiedades existentes.

Período del 1 de julio de 2012 al 31 de diciembre de 2012

Propiedades Nuevas: Habrá una reducción de 50% en los incentivos

– 50% Exoneración del CRIM por 5 años

– 50% descuento en sellos y comprobantes de las escrituras de compra-venta e hipoteca

– 50% de exoneración en contribuciones sobre ganancias de capital futura del comprador cuando no sea su Residencia Principal.

Propiedades Existentes:  Habrá una reducción de 50% en los incentivos

– 25% descuento en sellos y comprobantes de las escrituras de compra-venta, hipoteca y cancelación

– 25% de reducción en contribuciones sobre ganancias de capital futura del comprador cuando no sea su Residencia Principal.

Período del 31 de diciembre de 2012 en adelante

– Se eliminan todos los incentivos y se hace permanente la exoneración en contribuciones de ganancias de capital en la venta de una residencia principal.

– Terminan las reducciones en los pagos del CRIM.

– Terminan las reducciones en el pago de sellos y comprobantes en escrituras de compra-venta.