Roberto Pagán, presidente de la comisión junto al también comisionado José Alameda. (Foto suministrada)

Por redacción de Sin Comillas

Tres miembros de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público radicaron un recurso legal en el Tribunal de San Juan para que el gobernador Ricardo Rosselló Nevares, “cese y desista de intervenir indebidamente con la Comisión mediante la destitución de sus miembros y restituya de manera inmediata a los miembros del interés público ilegalmente destituidos”.

Los demandantes, encabezados por el presidente de la Comisión, Roberto Pagán Rodríguez, sometieron al Tribunal una petición de interdicto preliminar y permanente alegando que mediante la destitución de sus miembros el gobierno ha “provocado daños irreparables e irreversibles a los demandantes, actuando de manera arbitraria, caprichosa e ilegal”.

Los otros comisionados demandantes son los profesores universitarios, José González Taboada, catedrático de finanzas en la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, y José Alameda, catedrático en economía en el Recinto Universitario de Mayagüez, quienes también recibieron una comunicación del Gobernador destituyéndoles de ese organismo amparándose en laLey para Atender la Crisis Económica, Fiscal y Presupuestaria (Ley 3-2017) y la Ley de Moratoria (Ley 21-2016).

La Comisión fue fundada en julio de 2015 con la aprobación de la Ley 97, que creó al organismo como un ente con total autonomía administrativa e independencia legal. La Comisión realizó ejercicios de pre auditorías, contrató a un coordinador ejecutivo y a la firma de auditoría forense, Macías, Gini y O’Connell, para que comenzaran a auditar las emisiones de deuda de los últimos 40 años.

Sin embargo, el 24 de enero de 2017, los demandantes recibieron una comunicación electrónica de la Oficina de Nombramientos de La Fortaleza donde les indicaba que habían sido destituidos inmediatamente como miembros de la Comisión.

Según los comisionados demandantes, “la actuación nula e ilegal del Gobernador ha provocado que la Comisión no pueda ejercer las funciones para la cuales se constituyó. Entre ellas, no ha podido pagar haberes adeudados al otrora Coordinador Ejecutivo y ante la incertidumbre en la que se encuentra, tampoco Macías, Gini y O’Connell ha podido comenzar los trabajos para los cuales fue contratado aun cuando existe un contrato firmado y registrado en la Oficina del Contralor.

De igual manera, la Comisión se ha visto impedida de reunirse, contratar a una nueva o a un nuevo oficial ejecutivo para darle continuidad a los trabajos, trabajar en nuevas auditorías, e informar a la ciudadanía sobre el estado de los trabajos, entre otros”.

Según Pagán, lo anterior “priva al pueblo de Puerto Rico de conocer la verdad sobre la forma  y manera en que se ha endeudado a nuestro país, cuál es el monto real de la deuda, si se cometieron ilegalidades en las emisiones y el uso que se le dio a los fondos adquiridos”.

La Ley 97-2015 no dispone el término de los nombramientos de los y las representantes del interés público en la Comisión ni tampoco las causas para su remoción, aunque la Comisión sí tiene un tiempo de duración determinado. Según dispone el estatuto “la Comisión sólo será disuelta una vez haya concluido y satisfecho las encomiendas dispuestas en esta Ley”.

Por tanto, alegan los demandantes, la Comisión debe estar en funciones hasta que concluya su encomienda o “hasta que la Comisión concluya sus trabajos”, por lo cual “la acción del Gobernador excede los poderes en la Ley 3-2017 y es, a todas luces, ilegal”.

Además, la demanda reitera que “la Comisión es una de naturaleza legislativa por lo cual el Primer Ejecutivo no tiene autoridad, para remover a los miembros que representan el interés público”. Esto es así porque la Comisión es un ente independiente con total autonomía jurídica y administrativa que promueve auditorías transparentes e independientes.

“Atar la composición de la Comisión a la confianza del Gobernador, lacera irremediablemente los principios de independencia y autonomía y ponen en riesgo la transparencia que estos procesos deben preservar”, argumenta la solicitud de interdicto.

Otros comisionados que recibieron la carta de destitución del Gobernador, aunque no forman parte de la demanda, fueron Juan Lorenzo Martínez, catedrático en estadísticas; Irma Hilerio Arroyo, líder cooperativista; Zoimé Álvarez Rubio, del sector bancario e Hiram Meléndez profesor de derecho constitucional.

La jueza Aileen Navas, del Tribunal Superior de San Juan, atenderá la petición de interdicto preliminar y permanente contra el Gobernador en vista señalada para el martes 7 de marzo a las 10:30 am.