Por redacción de Sin Comillas

La Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico anunció que a partir del 1 de octubre de 2013 comienza el periodo de suscripción garantizada para los planes médicos individuales privados. El periodo se extenderá hasta el 31 de marzo del 2014.

Durante este periodo de suscripción garantizada, todo asegurador u organización de servicios de salud está obligado a permitir que una persona compre planes médicos individuales privados que estén disponibles en el mercado en o después del 1 de enero del 2014, sin evaluación de riesgo.

Ángela Weyne, Comisionada de Seguros de Puerto Rico, explicó que esta campaña de orientación tiene como propósito principal educar sobre la importancia de comprar un plan médico dentro del periodo de suscripción garantizada, educar sobre los derechos que ahora están disponibles bajo el Código de Seguros de Salud y el “Affordable Care Act” y motivar a que todas las personas tengan cubierta de plan médico.

“Uno de los derechos fundamentales es que ningún individuo puede ser rechazado por un asegurador u organización de servicios de salud independientemente de su condición de salud previa o existente”, señaló Weyne. Además, de que todo asegurador u organización de servicios de salud tiene que ofrecer el Conjunto de Beneficios de Salud Esenciales (Essential Health Benefits Package) en todas las cubiertas que sean efectivas a partir del 1 de enero de 2014. Este nuevo conjunto de beneficios de salud esenciales es un requisito del “Patient Protection and Affordable Care Act” federal y del Código de Seguros de Salud de Puerto Rico.

Dentro de las múltiples categorías de beneficios que se incluyen en este conjunto y que tienen que estar disponibles por ley para todos los individuos que posean un plan médico individual privado y de grupos pequeños, se encuentran: servicios ambulatorios, de hospitalización, médico-quirúrgicos, de maternidad, cuidado de recién nacidos, servicios de salud mental, servicios pediátricos (incluyendo vacunas), cubierta de medicamentos y servicios de salud preventivos. Además, todos los servicios preventivos incluidos dentro del Conjunto de Beneficios de Salud Esenciales se ofrecerán sin el requisito de compartir costos (cost-sharing).

La Comisionada de Seguros enfatizó en que a partir del 1 de octubre de 2013, los individuos podrán solicitar el plan médico de su elección a ser efectivo en o después del 1 de enero de 2014. Otro cambio importante es que las inmunizaciones recomendadas, a nivel federal y estatal, deben ser incluidas como parte de todo plan médico individual o grupal sin necesidad de costo compartido, es decir, sin establecer deducibles, copagos o coaseguros para estas vacunas.

En los planes médicos individuales privados y de grupos pequeños, efectivos a partir del 2014 en adelante, ningún asegurador u organización de servicios de salud podrá establecer límites monetarios anuales o de por vida en los beneficios esenciales cubiertos.

“Es sumamente importante que todas aquellas personas interesadas se comuniquen a través de su productor con el asegurador de planes médicos de su preferencia para orientarse sobre las opciones que se adapten mejor a las necesidades de su familia y a su presupuesto; y asegúrese de aprovechar la oportunidad de adquirir un plan médico para usted y su familia dentro del periodo de suscripción garantizada.” concluyó la Comisionada de Seguros.

Para obtener mayor información, visite www.planmedicogarantizado.com o llame al 787-304-2500.