Veredicto: Engañoso

Por Angélica Serrano Román | Centro de Periodismo Investigativo

El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, cerró el año 2018 con un mensaje en el que afirmó que su administración está promoviendo el desarrollo económico reduciendo las contribuciones “en lugar de meterte la mano en los bolsillos”.

“Como parte de una nueva política pública, reducimos [sic] las tasas de impuestos a las corporaciones y otorgamos un crédito de un cinco por ciento a los individuos”, aseguró.

Si bien es cierto que se reducen las contribuciones de un 20 a un 18.5 por ciento para el 2019, de acuerdo con la Reforma Contributiva 2018, también disminuyen los porcentajes en gastos deducibles de comida, entretenimiento, viajes y hospedaje a la mitad.

La ley que establece la reforma contributiva de Rosselló indica que los empresarios que podían reclamar un 50 por ciento por gastos de comida y entretenimiento, ahora solo podrán exigir un 25 por ciento.

En el caso de los viajes de negocios y hospedaje, que se podía reclamar el 100 por ciento, ahora solo se puede exigir un 50 por ciento. Los gastos en comidas o entretenimiento durante el viaje podrán ser reclamados al 25 por ciento.

Por ejemplo, si una tienda de ropa tenía un ingreso bruto de $25,000 y sus gastos en viajes para comprar artículos sumaban $10,000, se le reducían los $10,000 y pagaba el 20 por ciento de los $15,000 en contribuciones. Antes el pago hubiese sido de $3,000. Ahora, bajo la nueva reforma, el contribuyente corporativo solo puede exigir $5,000 del gasto de $10,000 en viajes. El pago sería del 18.5 por ciento de los $20,000, o sea de $3,700.

Esto significa que no hay economía, porque aunque la tasa bajó 1.5 puntos porcentuales, los gastos deducibles también fueron reducidos. La compañía del ejemplo, con los mismos ingresos y gastos, ahora paga más porque se le deduce solo la mitad de los gastos por viaje.

El CPA y especialista en contribuciones y derecho tributario, Edil Sánchez González señaló que la reforma da alivios en las tasas corporativas, pero no pudo negar que la ley beneficia a un grupo de corporaciones.

“Sí hay ciertos casos (que se perjudican por la reforma). Cuando hay una reforma siempre hay ganadores y siempre hay perdedores”, contestó el contador público, quien formó parte de la Comisión de Reforma Contributiva de Puerto Rico.

Sánchez González indicó que las corporaciones que no son favorecidas por la ley tienen otras alternativas, entre las que mencionó la contribución opcional (pagar impuestos y no pagar gastos) o una certificación emitida por un CPA para reclamar los gastos. La última implica en un gasto adicional para las corporaciones.

Ante la pregunta de si estas opciones representarían que los contribuyentes corporativos incurran en más procesos, el contador respondió que “al momento, el Departamento de Hacienda no ha sacado un reglamento o se ha expresado en cuanto a qué va a exigir para estas corporaciones”.

Según Sánchez González, el Departamento de Hacienda es quien establecerá si los procesos serán simples o no. “Se supone que lo validen (el reglamento) con el Colegio de Contadores Públicos Autorizados”, añadió, comentando que la razón por la cual aún no está el reglamento es porque este saldría para la radicación de las planillas del 2020.

De otra parte, la CPA Nancy Arizmendi Morales, certificada en la reforma contributiva por la firma de auditoría y asesoría en contribuciones Kevane Grant Thornton, señaló que la ley beneficia a algunas corporaciones, pero no a la mayoría.

“Los menos beneficiados serán las industrias pequeñas, las corporaciones de venta al detal, de asesoría, entre otros”, añadió la contadora.

“No considero que sea un alivio. [La reforma contributiva] fue solo para unificar procesos y fiscalizar. A su vez, evita el pago por debajo de la mesa”, explicó Arizmendi Morales.

Sánchez González coincidió en cuanto al rol de fiscalización que asumirá el gobierno con la reforma.

“Si es una persona que no reporta porque no quiere (evasor contributivo), tendrá que reportar. Ese grupo saldrá perjudicado”, aseguró.

Limitado el crédito a los individuos

Por otra parte, Rosselló mencionó un crédito de cinco por ciento a los individuos en su mensaje. Hay dos créditos de cinco por ciento en la ley.

El crédito de cinco por ciento por trabajo no le aplica a todos, pues este se limita según la cantidad de dependientes, el estado civil y los ingresos. El otro crédito de cinco por ciento, del cual se refería el gobernador, le aplica solo a aquel que tenga una contribución determinada.

“Hubo una reducción en las tasas de impuestos de las corporaciones, pero en el caso de los individuos se quedó igual y se le otorgó un crédito sobre su contribución determinada”, expresó Sánchez González.

En el caso del crédito por trabajo, por ejemplo, un contribuyente individual sin dependientes solo cualifica si su ingreso es de entre $18,000 a $20,500 anuales.

Con la reforma se disminuye la exención de las personas que reciben ingresos por servicios profesionales de $1,500 a $500 y aumenta la retención del 7 por ciento al 10 por ciento.

Según señaló Arizmendi Morales, se prevé que la mayoría de los individuos se enteren de los cambios al momento de radicar sus planillas.

Para la contadora pública, la falta de fiscalización por parte del Departamento de Hacienda “la están pagando los contadores y los contribuyentes”.

La frase de Rosselló es engañosa porque aunque las contribuciones bajaron un 1.5 puntos porcentuales, también hubo una reducción en los porcentajes de los gastos deducibles, las corporaciones deberán pagar aunque tengan pérdidas y el crédito a los individuos es limitado.

De acuerdo con la metodología que utiliza el Centro de Periodismo Investigativo que se basa en la experiencia de Chequeado.com, una frase es engañosa cuando la información puede coincidir con ciertos datos, pero intencionalmente o no, ha sido manipulada para generar un mensaje en particular.